Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2019 (02/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 2 de agosto de 2019
Pasajes Aéreos:

NORMAS LEGALES

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Lima ­ ciudad de Sau Paulo ­ Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) ­ Lima (Clase Económica) US$ 700 x 03 personas (Incluye TUUA) US$. 2,100.00 Viáticos: US$ 370.00 x 03 personas x 07 días (del 04 al 10 agosto 2019) US$. 7,770.00 -------------------Total, a pagar en Dólares Americanos US$. 9,870.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1793514-1

Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0944-2019 DE/FAP Lima, 31 de julio de 2019 Visto, la Papeleta de Trámite Nº 0013 del 24 de junio de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa ha establecido los lineamientos de carácter general que sirven de marco de referencia para los objetivos institucionales de la Fuerza Aérea del Perú, los mismos que en concordancia con la Política Nacional, se encuentran inmersos en una permanente política de modernización y fortalecimiento de sus capacidades esenciales; en este contexto, la formación, calificación y entrenamiento de los recursos humanos, y la renovación y optimización de los recursos materiales, forman parte del esfuerzo continuo para el logro de la interoperabilidad, eficiencia y transparencia administrativa; Que, la Fuerza Aérea del Perú en el marco del Objetivo Estratégico Nº 2 "Obtener los recursos necesarios en calidad, cantidad y oportunidad suficientes para el cumplimiento de la Misión" a través de la Dirección General de Educación y Doctrina, administra la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento del personal FAP, promueve la formulación y desarrollo de doctrina institucional, mediante la gestión académica y administrativa, que garanticen el apoyo y sostenimiento de la fuerza, el mejoramiento continuo de la calidad, la investigación e innovación y la responsabilidad social; Que, a través del Oficio NC-50-AABRA-N° 052 del 28 de junio de 2019, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en Brasil, hace de conocimiento al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, que el Estado Mayor de Aeronáutica (EMAER) con el Oficio Nº 108/2SC4/28415 del 06 de junio de 2019

confirma las visitas a los Centros Académicos y a la Industria de Defensa del Brasil, para los integrantes de la XLVII Promoción del Programa de Alto Mando de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, durante el periodo del 04 al 10 de agosto de 2019; Que, mediante el Mensaje EMPP-PR-FO.-231609 abril 2019, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, aprueba el crédito presupuestario para la cobertura del viaje de estudios del personal militar integrantes de la XLVII Promoción del Programa de Alto Mando de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, que se realizará en la República Federativa del Brasil; así como, autoriza el pago de pasajes aéreos de ida, retorno y el 20% de viáticos por Misión de Estudios en el exterior; Que con la Papeleta de Trámite NC-50-DEPE-N° 0013 del 24 de junio de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al personal militar FAP que se detalla en la parte resolutiva de la XLVII Promoción del Programa de Alto Mando de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, para participar en la visita de Instrucción a los Centros Académicos y a la Industria Aeronáutica del Brasil, que se realizará en las ciudades de Rio de Janeiro y Sao Paulo de la República Federativa del Brasil, del 04 al 10 de agosto de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Director de la Escuela Superior de Guerra Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, anexada a la Papeleta de Trámite NC-50-DEPE-Nº 0013 del 24 de junio de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal militar FAP, por cuanto, permitirá enfrentar problemáticas y aplicación de modelos de la gestión pública, avances académicos y tecnológicos con el que cuentan las organizaciones estatales y militares de la República Federativa del Brasil; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 097 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 03 de julio de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes aéreos internacionales y el 20% de viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, del Reglamento de viajes al exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP de la XLVII Promoción

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