Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2019 (26/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 26 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTA: La comunicación de AFP Integra LEG­037/2019 del 06/08/2019 ingresada el 07 de agosto de 2019 con registro Nº 2019-00048978 y el Informe Nº 136-2019DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de vistos, AFP Integra solicita a esta Superintendencia se autorice la actualización de dirección de su agencia ubicada en Avenida Ramón Mujica Nº 108 ­ B, Urb. El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento Piura; hacia la nueva dirección Avenida Ramón Mujica Nº 124 Urb. El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento Piura. Que, mediante Resolución SBS Nº 4955-2017 y Certificado Nº IN044 del 21 de diciembre de 2017 se autorizó a AFP Integra el funcionamiento de la agencia ubicada en Avenida Ramón Mujica Nº 108 ­ B Urb. El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento Piura. Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 136-2019-DSIP de fecha 13 de agosto de 2019. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Integra la actualización de dirección de su agencia ubicada en Avenida Ramón Mujica Nº 108 ­ B Urb. El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento Piura; a la nueva dirección Avenida Ramón Mujica Nº 124 Urb. El Chipe, Distrito de Piura, Provincia de Piura y Departamento Piura. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº IN044, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 4955-2017. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº IN048, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- AFP Integra, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales 1800592-1

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones seleccionar mediante concurso público a las personas jurídicas a las que se encomendará la liquidación de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 38-2003, del 20 de enero del 2003 y sus modificatorias, se nombró la Comisión de Alto Nivel para la Selección de Personas Jurídicas Liquidadoras (en adelante Comisión de Alto Nivel), encargada del seguimiento de los procesos que convoque esta Superintendencia para seleccionar a las personas jurídicas que se encargarán de la liquidación de las empresas bajo su ámbito de supervisión; Que, en sesión de fecha 20 de marzo de 2019, la Comisión de Alto Nivel inició las actividades dirigidas a concretar el proceso de selección de la persona jurídica que se encargaría de continuar el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación, designando en dicho acto a los miembros del Comité Especial que tendrían la responsabilidad de elaborar el proyecto de las Bases del Concurso Público de selección de la persona jurídica a la que se encargará la administración del proceso liquidatorio de la citada empresa; Que, en sesión de fecha 05 de agosto de 2019, la Comisión de Alto Nivel ha aprobado el proyecto de las Bases del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se encomendará el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación; Que, en consecuencia, corresponde aprobar las referidas Bases y encargar al Comité Especial la conducción del correspondiente Concurso Público; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, Administración General y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se encomendará el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación, las mismas que forman parte integrante de la presente resolución y que se publicarán en la página web de esta Superintendencia (www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial designado por la Comisión de Alto Nivel en sesión de fecha 20 de marzo de 2019, la conducción del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se encomendará el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación. El Comité Especial será autónomo en sus decisiones y sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple. La Comisión de Alto Nivel designará a los miembros suplentes del Comité Especial, en la eventualidad que los miembros titulares no puedan participar por razones de fuerza mayor. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1800595-1

Aprueban las Bases del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se encomendará el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren S.A. en Liquidación
RESOLUCIÓN SBS N° 3840-2019 Lima, 21 de agosto de 2019

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