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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (27/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 27 de agosto de 2019 El Peruano / difundir entre las unidades de organización de la SUNAT la Política Antisoborno de la SUNAT, aprobada por la presente resolución. Artículo 3.- Publicación Publicar la presente resolución y su anexo en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional ANEXO POLÍTICA ANTISOBORNO DE LA SUNAT La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT realiza sus actividades con integridad y transparencia, garantizando la e fi cacia y efi ciencia de las labores asignadas; declarando su fi rme oposición al soborno y a los distintos tipos de corrupción, asumiendo los siguientes compromisos: 1. Promover y desarrollar una cultura responsable, rechazando ser parte de actividades de soborno, promoviendo la integridad de nuestros colaboradores basada en valores y en el cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública, aplicando medidas disciplinarias ante su incumplimiento, lo cual involucra a todos los servidores públicos de la SUNAT, sin distinción de régimen laboral. 2. Implementar, a través de la gestión del riesgo, acciones y controles para prevenir, detectar y enfrentar posibles casos de soborno y distintos tipos de corrupción, comunicando de manera efectiva a las autoridades administrativas y judiciales cuando corresponda. 3. Establecer canales para la denuncia de actos de soborno y otros tipos de corrupción, fomentar su uso, absolver las consultas que se planteen, emplear la debida diligencia en la implementación de controles y garantizar la con fi dencialidad de la información, sin temor a represalias. 4. Garantizar la autoridad e independencia del responsable de la función de cumplimiento, así como la correcta implementación y mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno, así como el cumplimiento de la normativa. 1801219-1 Encargan la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, designan al responsable de la función de cumplimiento antisoborno y aprueban sus atribuciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 168-2019/SUNAT ENCARGA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN ANTISOBORNO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DESIGNA AL RESPONSABLE DE LA FUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO ANTISOBORNO Y APRUEBA SUS ATRIBUCIONES Lima, 26 de agosto de 2019CONSIDERANDO:Que mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual tiene como objetivo contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, que busca implementar medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país prevenir y combatir la corrupción de manera e fi ciente, así como involucrar a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, a fi n de implementar modelos de prevención, fi ltros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, además de mecanismos de control y supervisión; Que el Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM aprueba la Política General de Gobierno al 2021 que incluye entre los ejes y lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021, a la integridad y la lucha contra la corrupción; Que la sexta disposición complementaria fi nal de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que la SUNAT deberá desarrollar e implementar medidas anticorrupción y de integridad para el personal de la institución a través de la unidad organizacional correspondiente o creada para tal fi n; Que la Resolución de Superintendencia Nº 052-2019/ SUNAT aprueba el Plan Institucional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2020, documento que establece y desarrolla las acciones estratégicas y las actividades para el cierre de brechas priorizadas en el Plan Sectorial de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2019-2021, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 443-2018-EF/41; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 012-2017/ INACAL/DN, la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad - INACAL aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017, denominada “Sistemas de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, que tiene por objeto especi fi car los requisitos y proporcionar una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno y en cuyos apartados 5.3.1 y 5.3.2 dispone que la alta dirección debe tener la responsabilidad general de la implementación y el cumplimiento del sistema de gestión antisoborno y asignar la función de cumplimiento antisoborno a la(s) persona(s) que tiene(n) la competencia, la posición, autoridad e independencia apropiada; Que el artículo 50º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias, señala que la O fi cina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción - OFELCCOR es el órgano encargado de promover y desarrollar acciones que conduzcan al fortalecimiento de la integridad y el comportamiento ético del personal de la institución y a la detección de riesgos de corrupción a efectos de proponer mejoras o controles en los procesos institucionales; Que, teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde encargar la implementación del sistema de gestión antisoborno, asignar la responsabilidad de la función de cumplimiento antisoborno y aprobar las atribuciones del responsable; En uso de la facultad conferida por el inciso s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Implementación del sistema de gestión antisoborno Encargar a la O fi cina de Fortalecimiento Ético y Lucha contra la Corrupción – OFELCCOR la implementación del sistema de gestión antisoborno de la Superintendencia