TEXTO PAGINA: 47
47 NORMAS LEGALES Martes 27 de agosto de 2019 El Peruano / Que, a través de la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cados por Decreto Supremo Nº 005-2006- PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos; estableciendo en el artículo 5 que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas y deberán ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, a través del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se modi fi can los artículos 5 y 6 del D.S. Nº 47-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; por lo que, en su artículo 5 se preceptúa textualmente sobre la “Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la siguiente Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas: ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS (Expresados en dólares americanos) (…) América del Sur $ 370,00 (…). Sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal.” Que, mediante O fi cio Nº 07-2019/MGF/PARLANDINO de fecha 02 de agosto del 2019, Mariano González Fernández – Parlamentario Andino del Estado Peruano, formula invitación institucional al Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, a efectos de participar como Ponente en la Sesión del Parlamento Andino a desarrollarse del 27 al 30 de agosto del presente año en la en la ciudad de Bogotá – Colombia; aseverando textualmente: “…Considerando los proyectos de inversión priorizados por su gestión, tales como la represa de Gallorumiyoq y la realización del Plan Maestro de Agua Potable para Urubamba; que impactará positivamente en (el) Valle Sagrado de los Incas, le extiendo la invitación para contar con su participación a través de una ponencia sobre dichos temas. Al respecto, desde el Parlamento Andino apoyaremos vuestra gestión, con la fi nalidad de mejorar las condiciones de vida en su provincia; ya que la importancia histórica y cultural de Urubamba para la región andina, compromete directamente el proceso de integración impulsado por el Parlamento Andino (…)” Que, resulta pertinente y de importancia estratégica la participación de la Municipalidad Provincial de Urubamba, representada por su Alcalde Sr. Luis Alberto Valcárcel Villegas, en la Sesión del Parlamento Andino, a desarrollarse del 27 al 30 de agosto del presente año en la en la ciudad de Bogotá – Colombia, como Ponente del proyecto “Represamiento de Pumahuanca – Gallorumiyoc” y el Proyecto de Inversión Pública “Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Agua Potable y Desagüe en la Ciudad de Urubamba, Distrito de Urubamba, Provincia de Urubamba – Cusco”, que constituyen asuntos de interés público e institucional a favor de la Provincia de Urubamba; por lo que, habiéndose recepcionado la invitación formal a través del O fi cio Nº 07-2019/MGF/PARLANDINO de fecha 02 de agosto del 2019, remitido por el Sr. Mariano González Fernández – Parlamentario Andino del Estado Peruano, a fi rmando que desde el Parlamento Andino se tendrá el apoyo con la fi nalidad de mejorar las condiciones de vida en la provincia de Urubamba, en razón de que la importancia histórica y cultural de Urubamba para la región andina, compromete directamente el proceso de integración impulsado por el Parlamento Andino, debe acogerse dicha invitación. Que, el Parlamento Andino -creado el 25 de octubre de 1979- es el Órgano Comunitario, Deliberante, de Representación Ciudadana y de Control Político del Sistema Andino de Integración,. Cuenta con personería jurídica internacional y capacidad de ejercicio de la misma, de conformidad al ordenamiento jurídico supranacional que lo rige. Y, que se encuentra constituido por Parlamentarias y Parlamentarios Andinos del Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador y República del Perú; aclarándose que, la O fi cina Central del Parlamento Andino se encuentra en la ciudad de Bogotá, República de Colombia. Que, el proyecto “REPRESAMIENTO DE PUMAHUANCA – GALLORUMIYOC”, tiene como objetivo central el incremento de la producción y de la productividad de los cultivos de la zona, generando el aumento del ingreso de las familias rurales, fortaleciendo la actividad agrícola mediante la oferta de productos de calidad y por ende, contribuir al mejoramiento del nivel socioeconómico de los productores que agrupa 942 familias de la Cuenca Hidrográ fi ca del Río Vilcanota (provincia de Urubamba); en razón de que tiene como área de in fl uencia el riego desde los 2,900 m.s.n.m. de 633 has. de las 1,100 has. existentes (en 10 sectores de la Cuenca Pumahuanca con 942 usuarios y 1090 predios); además de bene fi ciar el consumo humano en el distrito capital de la provincia de Urubamba. Que, el Proyecto de Inversión Pública “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y DESAGÜE EN LA CIUDAD DE URUBAMBA, DISTRITO DE URUBAMBA, PROVINCIA DE URUBAMBA – CUSCO”, tiene como objetivo medular lograr un e fi ciente servicio de abastecimiento de agua para consumo, desagüe y tratamiento de aguas residuales en la ciudad de Urubamba; teniendo como bene fi ciaria a la población urbana de la ciudad de Urubamba. Que, con Informe Nº 274-2019-SG-MPU, el Abg. Walter Huancahuire Cuellar – Secretario General de la Municipalidad Provincial de Urubamba, solicita a Gerencia de Administración, la emisión del informe y/o sustento técnico respecto a la invitación cursada mediante el O fi cio Nº 07-2019/MGF/PARLANDINO, en sujeción estricta a los alcances de la Ley Nº 27619, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias, que regulan la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos. Que, mediante Informe Nº 267-2019-GA-MPU, la CPC Virginia Solís Alagón – Gerente de Administración de la Municipalidad Provincial de Urubamba, invocando ampliamente los alcances normativos de la Ley Nº 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, Ley Nº 27619, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias, informa que en sujeción a la Directiva Nº 001-MPU-2017, que regula el Procedimiento para el Otorgamiento y Control de Viáticos para Funcionarios y Servidores de la Municipalidad Provincial de Urubamba, “…la asignación de viáticos será a razón de lo estipulado en el Anexo 1 de la incoada Directiva, esto es: para la zona geográ fi ca de “América del Sur, $ 370 dólares” precisándose que el cálculo expuesto en el Anexo considera gastos de hospedaje, alimentación y movilidad local debido a que los pasajes serán adquiridos por la Unidad de Logística o serán calculados según el lugar exacto de viaje (…)”. Que, con Informe Nº 0639-2019-UL-MPU/JCRF, el CPC Julio César Ríos Flores – Jefe de la Unidad de Logística, remite informe técnico económico para la adquisición de pasajes aéreos por el importe de S/. 6,254.67, para el Sr. Luis Alberto Valcárcel Villegas – Alcalde de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para participar en la Sesión del Parlamento Andino a desarrollarse del 27 al 30 de agosto del presente año en la en la ciudad de Bogotá – Colombia. Que, mediante Informe Nº 230-2019-OFIC.PPTO. MPU.U, el CPC Marco A. Ramírez Silva – Jefe de la O fi cina de Presupuesto por Resultados de la Municipalidad Provincial de Urubamba, en lo concerniente al Informe Nº 0639-2019-UL-MPU/JCRF, emite informe favorable de disponibilidad presupuestal para la atención del viaje a la ciudad de Bogotá – Colombia del 27 al 30 de agosto del 2019, incluido el costo de pasajes aéreos por el importe especí fi co de S/. 6,254.67; sugiriendo determinar el costo exacto de pasajes y viáticos de acuerdo a la Directiva Nº 001-MPU-2017, desde el lugar de origen hasta el destino, ida y vuelta. Que, la CPC Virginia Solís Alagón – Gerente de Administración de la Municipalidad Provincial de Urubamba, mediante Memorándum Nº 460-2019-GA-