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58 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2019 / El Peruano para que esta Superintendencia le autorice la apertura de dos o fi cinas, bajo la modalidad de agencia, ubicadas en el departamento de Lima y La Libertad, respectivamente; y el traslado de una o fi cina, bajo la modalidad de agencia ubicada en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, en sesión de Directorio de fecha 22.03.2019, dicho órgano de dirección aprobó la Programación Anual de O fi cinas para el año 2019, la cual incluía la apertura de las citadas agencias y que ello fue rati fi cado en las sesiones de Directorio de fechas 15.04.2019 y 25.06.2019, respectivamente; Que, mediante Resolución Nº 6635-2010 de fecha 22.06.2010 se autorizó a la Caja la apertura de una agencia ubicada en las Tiendas Nº 211, 212 y 304 de la Av. Abancay Nº 951- 953-955-959 y 961, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, en sesión de Directorio de fecha 25.06.2019 se acordó el traslado de la referida o fi cina; Que, la Caja ha cumplido con remitir la documentación requerida por los procedimientos Nº 11 y Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018: Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE:Artículo Uno.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de dos ofi cinas, bajo la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de Lima y La Libertad, respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle: Tipo de MovimientoTipo de Ofi cinasDirección Distrito Pro- vinciaDeparta- mento Apertura Agencia Av. 24 de Octubre, Manzana G-5, Lote 7, Comité 14, Asentamiento Humano Túpac Amaru de Villa Chorrillos Lima Lima Apertura Agencia Calle José Olaya Nº 1293El PorvenirTrujillo La Libertad Artículo Dos. - Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. el traslado de una o fi cina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Lima, de acuerdo al siguiente detalle: Dirección actual Nueva dirección Tiendas Nº 211,212 y 304 de la Av. Abancay Nº 951-953-955-959 y 961Tiendas Nº 211, 212, 213, 214 y 304 de la Av. Abancay Nº 951-953-955-959 y 961 Regístrese comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Micro fi nanzas 1800528-1 Autorizan al Banco de la Nación el traslado de agencia ubicada en el departamento de Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 3748-2019 Lima, 15 de agosto de 2019LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y Resolución Administrativa Nº 240- 2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle: Dirección actual Dirección nueva Distrito Provincia Departamento Calle Salaverry S/N - Manzana 96, Lote 1, Centro Poblado Pueblo Nuevo de Colán Calle Bolívar, Manzana 96 - Lote 9, Pueblo Nuevo de Colán Colán Paita Piura Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1800840-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Rectifican el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 160-2018-CR/GRC.CUSCO ORDENANZA REGIONAL Nº 166-2019-CR/GRC.CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Vigésima Séptima Sesión Extraordinaria de fecha 23 de Agosto del año dos mil diecinueve del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, el O fi cio Nº 41-2019-GR CUSCO-CR/CRC/NVC de fecha 21 de agosto del 2019, se ha debatido y por lo tanto se aceptó emitir la Ordenanza que propone “Recti fi car el artículo tercero de la Ordenanza Regional Nº 160-2018-CR/GRC.CUSCO de fecha 22 de octubre del 2018.” CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305 publicada el 10 marzo del 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como