Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2019 (14/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 14 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

35

Vehicular­GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, por el plazo de cinco (05) años, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 278, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa "AUTOGAS JIREH S.A.C." bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Acto Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller Fecha máxima de presentación 13 de octubre de 2019 13 de octubre de 2020 13 de octubre de 2021 13 de octubre de 2022 13 de octubre de 2023

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Amplían plazo para la entrega de Informe Técnico Final a cargo de Comisión Sectorial creada mediante la R.M. Nº 007-2019-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2019-VIVIENDA Lima, 13 de febrero del 2019 CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 007-2019-VIVIENDA, crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal denominada "Comisión Sectorial encargada de determinar las causas técnicas de la rotura del colector principal ubicado en la Estación Pirámide el Sol, del tramo 2, de la línea 1, del Metro de Lima, urbanización Las Violetas, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima"; Que, el artículo 7 de la citada Resolución establece que la referida Comisión Sectorial entrega al titular de la Entidad, el Informe Técnico Final que establezca las causas técnicas de la rotura del colector mencionado en el considerando anterior, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de emitida la citada Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio Nº 009-2019-VIVIENDA-VMCSCOMISION-SJL el Presidente de la Comisión Sectorial solicita se amplíe el plazo antes señalado, con el fin de realizar las actividades programadas según el detalle indicado en el Plan de Trabajo adjunto al referido Oficio; Que, en atención a la naturaleza del encargo, resulta necesario ampliar la duración de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal por quince (15) días hábiles adicionales, a fin que el estudio técnico que se realice contenga la mayor cantidad de información a considerar y evaluar para la emisión del Informe Técnico Final; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliación de Plazo Ampliar el plazo para que Comisión Sectorial entregue el Informe Técnico Final al titular de la Entidad, por quince (15) días hábiles adicionales, a ser contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 007-2019-VIVIENDA; con lo cual, el plazo para presentar el Informe Técnico Final vencerá el día 07 de marzo de 2019. Artículo 2.- Notificación Notificar la presente Resolución a los miembros de la citada Comisión. Artículo 3.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial "El Peruano" y en el mismo día en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1741092-1

En caso que la Empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa "AUTOGAS JIREH S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Fecha máxima de presentación

Primera renovación o contratación de nueva póliza 17 de enero de 2020 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 17 de enero de 2021 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 17 de enero de 2022 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 17 de enero de 2023 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 17 de enero de 2024

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la Empresa solicitante. Artículo 7.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Av. Gerardo Unger Nº 337 Mz. A-1 Lt. 14 Urb. Ingeniería, distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. SCELZA LAMARCA SÁNCHEZ Directora General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1739812-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.