Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2019 (06/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 6 de julio de 2019 El Peruano / Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1786094-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 0046-19-MML-IMP-DE Lima, 29 de mayo de 2019VISTOS: El Informe N° 0066-19-MML-IMP-DE/OGA de la Ofi cina General de Administración y el Memorándum N° 0042-19-MML-IMP-DE/OGA/DIPRE de la Dirección de Presupuesto y Plani fi cación; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 105-2019-CG, publicada el 23 de marzo de 2019, en el Diario O fi cial El Peruano, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con O fi cio N° 000468-2019-CG/SGE, recibido el 15 de mayo de 2019, la Contraloría General de la República solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación que efectúe la transferencia fi nanciera para el Período Auditado 2018; Estando a lo que prescribe el Inciso i) y l) del Artículo 20° del Estatuto del IMP, aprobado por Acuerdo de Concejo N° 089 de fecha 17 de julio de 1998; Con la visaciones de la O fi cina General de Asesoría Legal, de la O fi cina General de Administración y de la Dirección de Presupuesto y Plani fi cación;SE RESUELVE Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, hasta por la suma de VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 24/1400 SOLES (S/ 29,644.24), en la fuente de fi nanciamiento Transferencias, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2018. Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2019 del Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1. Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.1311 a Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Transferencias Corrientes. Artículo 3°. - Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1° de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Instituto Metropolitano de Plani fi cación y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO MENDOZA CASTILLO Director Ejecutivo 1785446-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2019-MDL Lince, 2 de julio de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, la administración municipal fomenta los valores cívicos en nuestros vecinos, incentiva el amor a la patria y a nuestros símbolos patrios como lo es la bandera nacional; Que, próximo 28 de julio del presente año se conmemora el Centésimo Nonagésimo Octavo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, fecha propicia para embanderar el distrito por su especial significado, recordando el valor de nuestros próceres y precursores de la independencia nacional;