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35 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de julio de 2019 El Peruano / Exteriores, en el referido evento, con el objetivo de asegurar un seguimiento político y diplomático e fi caz de los trabajos y decisiones que se adopten, así como las gestiones y coordinaciones con los diversos sectores nacionales que viajarían para la ocasión; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Cecilia Rozas Ponce de León, Directora de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 11 al 12 de julio de 2019, para participar en la VII Reunión de la “Comisión Mixta Peruano - Boliviana sobre Cooperación en Materia de Desarrollo Alternativo, Prevención del Consumo, Rehabilitación, Control del Trá fi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y sus Delitos Conexos. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD María Cecilia Rozas Ponce de León580.00 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1786842-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0476/RE-2019 Mediante O fi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/131., el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0476/RE-2019, publicada en la edición del 6 de julio de 2019. “DICE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, del 9 al 11 de julio de 2019, para participar en la reunión de la negociación el Acuerdo entre la República del Perú, la Confederación Suiza y el Gran Ducado de Luxemburgo, sobre Transferencia de Activos Decomisados: (…)” “DEBE DECIR:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, del 7 al 12 de julio de 2019, para participar en la reunión de la negociación del Acuerdo entre la República del Perú, la Confederación Suiza y el Gran Ducado de Luxemburgo, sobre Transferencia de Activos Decomisados: (…)” 1786365-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Ratifican designaciones de delegados titular y suplente de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao, ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social - Ley N° 10674 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 177-2019-TR Lima, 8 de julio de 2019VISTOS: El O fi cio N° 11-2019/FEXVEDIRLP de la Federación de Expendedores y Vendedores de Diarios, Revistas y Loterías del Perú – FEXVEDIRLP, la Carta N° 1399-2019/ FENVENDRELP de la Federación Nacional de Vendedores de Diarios, Revistas y Loterías del Perú – FENVENDRELP, y la comunicación de fecha 10 de junio de 2019 de la Federación Unión Nacional de Expendedores y Voceadores de los Diarios, Revistas y Loterías – UNIDIARIOS, y el Informe N° 1665-2019-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 10674, se establece como función del Estado la protección y asistencia de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería en el territorio de la República; Que, el artículo 4 del Estatuto de la Caja de Protección y Asistencia Social–Ley N° 10674, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0004-TR del 6 de mayo de 1969, dispone que la Dirección de Administración de la Caja se ejercerá mediante la Junta Directiva, integrada, entre otros miembros, por un delegado representante de los vendedores de diarios, revistas y loterías de la Capital de la República, que sea mayor de edad, el mismo que será designado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, entre los candidatos propuestos por medio de una terna; Que, el referido Decreto Supremo establece, entre otros, que la duración del mandato de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social es de tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o recaer las designaciones en los mismos delegados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2016-TR del 8 de julio de 2016, se designó al señor Eladio Robles Calderón como delegado titular y al señor Henry Cuchillo Calle como delegado suplente, de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao, ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social–Ley N° 10674, cuyo mandato de tres (3) años ha concluido; por lo que, corresponde efectuar una nueva designación o rati fi cación de los delegados designados; Que, la IV Disposición General y Transitoria del citado Estatuto señala que los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao a través de sus respectivas agrupaciones, deben presentar la terna correspondiente