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19 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2019 El Peruano / CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Aprueban Directiva denominada “Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 069-2019-PERÚ COMPRAS Lima, 15 de julio de 2019VISTO: El Informe N° 000052-2019-PERÚ COMPRAS-DAM de la Dirección de Acuerdos Marco, el Memorando N° 000162-2019-PERÚ COMPRAS-DCC y Memorando N° 000188-2019-PERÚ COMPRAS-DCC de la Dirección de Compras Corporativas, el Informe N° 000089-2019-PERÚ COMPRAS y Memorando N° 000467-2019-PERÚ COMPRAS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0000116-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ y Nota de Elevación N° 000018-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante “TUO de la Ley”, establece que, la Ley tiene por fi nalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fi nes públicos y tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos; Que, la agregación de demanda ha sido recogida en la estrategia de contratación por compra corporativa; así, el artículo 7 del TUO de la Ley establece que varias Entidades pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, mediante un procedimiento de selección único, a fi n de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado a través de la agregación de demanda; Que, el numeral 103.3 del artículo 103 del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, establece que para la agregación de la demanda de las Entidades se puede utilizar criterios tales como el geográ fi co, el sectorial, el temporal o la combinación de estos, entre otros; Que, el artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, señala que la Dirección de Compras Corporativas es el órgano encargado de organizar y ejecutar las compras corporativas a cargo de PERÚ COMPRAS, efectuando la agregación de la demanda, brindando asistencia técnica en materias de su competencia y formulando recomendaciones para la optimización de dichas contrataciones; Que, el literal n) del artículo 35 del ROF establece como función especí fi ca de la Dirección de Compras Corporativas, proponer y ejecutar operaciones combinadas que optimicen los bene fi cios del procedimiento de compras corporativas, a través de los mecanismos de contratación a cargo de PERÚ COMPRAS, en el marco de la normativa vigente; Que, el sub numeral 8.1.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 02-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Normas para la formulación, aprobación y actualización de documentos normativos en la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS”, establece que, los órganos que formulen documentos normativos, deberán sustentar mediante un informe técnico la necesidad de aprobarlo; Que, a través del Informe N° 000052-2019-PERÚ COMPRAS-DAM, la Dirección de Acuerdos Marco sustenta la aprobación del proyecto de Directiva denominada “Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, indicando que la misma contribuirá a la optimización de los recursos públicos; Que, con Memorando N° 000162-2019-PERÚ COMPRAS-DCC, la Dirección de Compras Corporativas, hace suyo el Informe N° 00001-2019-PERÚ COMPRAS-DCC-GCO, elaborado por la especialista de dicho órgano de línea, por medio del cual se sustenta la aprobación del proyecto de Directiva, señalándose que su fi nalidad es coadyuvar a la optimización de recursos públicos mediante la compra agregada de bienes y/o servicios a contratar a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, utilizando una estrategia que genere economía de escala; Que, con el Memorando N° 000122-2019-PERÚ COMPRAS-DAMER, la Dirección de Análisis de Mercado otorga opinión favorable al proyecto de Directiva; Que, a través del Informe N° 000089-2019- PERÚ COMPRAS-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que, i) la Dirección de Compras Corporativas tiene competencia para proponer Directivas y Lineamientos que permitan viabilizar la agregación de demanda, proponiendo operaciones combinadas que optimicen las estrategias de contratación a cargo de PERÚ COMPRAS, en el marco de las funciones establecidas en el artículo 33 y los literales n) y o) del artículo 34 del ROF de PERÚ COMPRAS, ii) la propuesta ha sido formulado considerando los criterios establecidos en la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS y en la Directiva N° 012-2017-PERÚ COMPRAS, y iii) en su calidad de órgano técnico, emite opinión favorable; Que, a través del Informe N° 0000116-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que el proyecto de Directiva denominada “Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, se encuentra conforme al marco legal vigente; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Compras Corporativas, la Dirección de Acuerdos Marco, la Dirección de Análisis de Mercado, la O fi cina de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el TUO de la Ley N° 30225, aprobado por medio del Decreto Supremo N° 082-2019-EF; la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en uso de la atribución conferida por el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 004-2019- PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la Compra Agregada de bienes y/o servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco” la misma que, en ocho (08) folios, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación junto con la presente Resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución y de la Directiva aprobada, en el Portal Institucional (www.perucompras.gob.pe) y la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS