Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

84

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de julio de 2019 /

El Peruano

al Distrito de Lince o que se pretenda vacar a la autoridad edil, antes de cumplido su mandato. Artículo 5°.- Carácter participativo de los Cabildos Abiertos Los Cabildos Abiertos como mecanismos de participación vecinal, no sólo permiten al Gobierno Municipal una comunicación directa con la ciudadanía sino que además, es considerada como una forma de participación en el desarrollo de la administración municipal. CAPÍTULO II ETAPAS DE LOS CABILDOS Artículo 6°.- Etapas de los Cabildos Abiertos El desarrollo de los Cabildos Abiertos tiene las siguientes etapas: 1.- Actos preparatorios. 2.- Realización del Cabildo Abierto. 3.- Etapa posterior al Cabildo Abierto. Artículo 7°.- Actos preparatorios Los actos preparativos a los Cabildos Abiertos son: 1.- Solicitud sobre la convocatoria al Cabildo Abierto. 2.- Determinación de la agenda del Cabildo Abierto. 3.- Inscripción de los participantes. 4.- Elaboración y difusión del informe correspondiente. Artículo 8°.- Solicitud y aprobación de la convocatoria de Cabildo Abierto La solicitud de convocatoria a un Cabildo Abierto puede presentarla el Alcalde, Regidor y/o Regidores. Dicha solicitud debe formalizarse por escrito indicando en forma clara, precisa y concisa su objeto y su interés para el distrito de Lince. El Concejo aprueba esta solicitud en la siguiente Sesión Ordinaria. En el caso de que la solicitud sea formulada por los vecinos deberá contar con un mínimo de cien (100) firmas de los vecinos por zona, organizaciones sociales y/o comerciales del distrito de Lince. La solicitud tiene aprobación automática solo para temas relacionados a la seguridad ciudadana. Para cualquier otro tema, se requiere la aprobación del Concejo Municipal. Esta aprobación puede revocarse si la Gerencia de Desarrollo Humano detecta un número de firmas inferior al mínimo mencionado. El control de la validez de las firmas adjuntadas, llevado a cabo por la Gerencia de Desarrollo Humano, sólo puede realizarse en un plazo máximo de quince (15) días naturales, contados desde el día siguiente de la presentación de la solicitud. Aprobada la solicitud por el Concejo o pasados los quince (15) días naturales, sin que haya sido revocada tal aprobación, el Secretario General, lo publicará a través del Portal Web institucional. Dentro de un plazo de cinco (05) días hábiles de publicado el Acuerdo de Concejo que aprueba la solicitud de Cabildo Abierto, el Alcalde dictará el Decreto de Alcaldía en donde se reglamentará el Cabildo Abierto. Artículo 9°.- Convocatoria a Cabildo Abierto El Decreto de Alcaldía en donde se reglamenta el Cabildo Abierto deberá consignar la fecha, lugar de audiencia pública y hora para presentar las propuestas y observaciones a los temas de la agenda. La Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Municipalidad de Lince, a través de los diversos medios de comunicación (escritos, televisivos, radiales, redes sociales, carteles, banderolas y volantes), será la encargada de publicar y difundir la convocatoria. La convocatoria se deberá realizar con una anticipación no menor de treinta (30) días calendarios a la realización de la audiencia del Cabildo Abierto, la cual no podrá realizarse en días festivos nacionales, regionales y/o locales. Artículo 10°.- Determinación de agenda definitiva Dentro de los cinco (05) días hábiles de publicada la convocatoria a Cabildo Abierto, los vecinos podrán

formular sus propuestas y observaciones al tema a tratar. Asimismo, podrán proponer nuevos temas de interés para ser incluidos en la agenda definitiva del cabildo. Para tal efecto los vecinos deberán presentar por la mesa de partes de la Municipalidad de Lince, el escrito que las contenga necesariamente: nombres y apellidos, domicilio, correo electrónico y teléfono. El escrito que carezca de los requisitos indicados, será observado conforme a lo establecido en el artículo 136° inciso 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Los nuevos temas de interés, las propuestas y observaciones serán remitidos en el día al Despacho de Alcaldía, para que se disponga su revisión y de corresponder se incluya en la agenda definitiva. Una vez vencido el plazo de los nuevos temas de interés, las propuestas y observaciones, la Municipalidad de Lince procederá con establecer la agenda definitiva la misma que se aprobará por Resolución de Alcaldía, disponiéndose además su publicación. Artículo 11°.- Inscripción de los participantes La inscripción de los participantes se deberá hacer ante el área de participación vecinal de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Lince, mediante el llenado de un formato de inscripción para Cabildo Abierto previamente aprobado para tal efecto. La inscripción también podrá hacerse en forma virtual a través del portal institucional de la Municipalidad. La inscripción es gratuita, podrá efectuase hasta con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la hora fijada en la convocatoria para el inicio de la audiencia de Cabildo Abierto. Artículo 12°.- Registro obligatorio de las organizaciones sociales y/o comerciales Para la participación de organizaciones sociales y/o comerciales al Cabildo Abierto, deberán estar inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad. Para su inscripción como participantes deberán consignar en el formato de inscripción la Resolución de su reconocimiento, registro y/o constitución, informando la representación en la audiencia. El representante de la organización necesariamente deberá tener su Documento Nacional de Identificación y domiciliar en el Distrito de Lince. Artículo 13°.- Elaboración y difusión del informe El informe para la audiencia de Cabildo Abierto, a cargo del área de Participación vecinal de la Gerencia de Desarrollo Humano, debe desarrollar detalladamente todos los puntos de la agenda definitiva. Dicho informe se elaborará considerando las siguientes pautas: 1.- El texto debe ser redactado con un lenguaje sencillo y entendible. 2.- El contenido debe ser ordenado, claro, preciso y explicativo. 3.- Utilizar un formato amigable de fácil comprensión para los vecinos. El informe debe trasmitir los avances, logros y dificultades de la gestión con relación a los temas de la agenda definitiva. Dicho informe será publicado y difundido en el Portal Web institucional antes de la realización de la audiencia de Cabildo Abierto. CAPÍTULO III DE LA EJECUCIÓN DEL CABILDO ABIERTO Artículo 14°.- La ejecución del Cabildo Abierto Esta etapa está referida a las acciones encaminadas a efectuarse el mismo día que se realiza el Cabildo Abierto. Artículo 15°.- Acciones en la ejecución del Cabildo Abierto Las acciones de la ejecución del Cabildo Abierto son: 1.- Presentación del moderador. 2.- Instalación de la audiencia de Cabildo Abierto.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.