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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2019 (23/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 23 de julio de 2019 El Peruano / En la página 7: DICE: “(...)Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 15 de julio de 2019, al señor Juan Carlos Guerrero Abad, en el cargo de Director General de la Dirección de Recursos Genéticos y Biotecnología del Instituto Nacional de Innovación Agraria (...).” DEBE DECIR:“(...) Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 16 de julio de 2019, al señor Juan Carlos Guerrero Abad, en el cargo de Director General de la Dirección de Recursos Genéticos y Biotecnología del Instituto Nacional de Innovación Agraria (...).” 1791135-2 CUL TURA Designan Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 009-2019-MC Lima, 22 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, con Resolución Suprema N° 001-2019-MC se designó al señor Luis Guillermo Temístocles Cortés Carcelén en el cargo de Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar a la persona que asumirá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Guillermo Temístocles Cortés Carcelén al cargo de Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora María Elena del Carmen Córdova Burga en el cargo de Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Ministro de Cultura 1791313-3Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Santa Lucía, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 295-2019/DGPA/VMPCIC/MC Lima, 19 de julio de 2019VISTO, el Informe de Inspección N° 003-2019-ADPC- SDPCICI-DDC ICA/MC, Informe N° D000008-2019-SDPCIC-JGA/MC, Informe Técnico N° D000011-2019- SDPCIC-JGA, Informe N° D000156-2019-DSFL/MC, Informe N° D000034-2019-DSFL-MMP/MC, y el Informe N° 0006-2019-MDQ/DGPA/VMPCIC/MC y; CONSIDERANDO: Que, según se establece en el Artículo 21 de la Constitución Política del Perú, “… Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. (...)...”; Que, en los Artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1255, se establece que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 inciso b) Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Que, a su vez, en el Artículo III del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, precisa que “...se presume que tienen la condición de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes materiales o inmateriales, de la época prehispánica, virreinal y republicana, independientemente de su condición de propiedad pública o privada, que tengan la importancia, el valor y signi fi cado referidos en el artículo precedente y/o que se encuentren comprendidos en los tratados y convenciones sobre la materia de los que el Perú sea parte.(...)...”; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2017- MC se dispuso la modi fi cación del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, incorporando el Capítulo XIII referido a la determinación de la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 077- 2018-MC, emitida el día 05 de junio de 2018 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 08 de junio de 2018, se aprobó la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, mediante el Artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 001-2019-VMPCIC-MC, emitida el día 07 de enero de 2019 y publicada, en el Diario O fi cial “El Peruano”, el día 09 de enero de 2019, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2019, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Memorando N° D000152-2019/DDC ICA/MC, la Dirección Desconcentra de Cultura de Ica remite los Informes N°D000008-2019-SDPCIC-JGA/