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5 NORMAS LEGALES Sábado 1 de junio de 2019 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30954 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE RECONOCE AL COLEGIO NACIONAL DE CIENCIAS DEL CUSCO COMO “GLORIOSO” Y COMO “PRIMERA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA REPUBLICANA DEL PERÚ” Artículo único. Reconocimiento Reconócese al Colegio Nacional de Ciencias del Cusco como “Glorioso” y como “Primera Institución Educativa Pública Republicana del Perú”. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil diecinueve. DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República LEYLA CHIHUÁN RAMOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1775248-1 LEY Nº 30955 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA FESTIVIDAD DE SAN PEDRITO DEL DISTRITO DE CHIMBOTE, PROVINCIA DEL SANTA, DEPARTAMENTO DE ÁNCASH, FUENTE DE IDENTIDAD CÍVICO-CULTURAL, RELIGIOSA Y TURÍSTICA Artículo único. Declaratoria de interés nacional Declárase de interés nacional la festividad de San Pedrito del distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Áncash, fuente de identidad cívico-cultural, religiosa y turística, cuya semana cívica se encuentra comprendida entre los días 23 y 29 de junio, según lo establecido mediante la Ley 16597, ley que declara semana cívica en la ciudad de Chimbote, cuya festividad fue declarada Patrimonio Cultural Inmaterial por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Viceministerial 063-2018-VMPCIC-MC. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Acciones de las autoridades competentes Encárgase al Ministerio de Cultura, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, al Gobierno Regional de Áncash, a la Municipalidad Provincial del Santa y al párroco de la zona, de acuerdo con sus competencias y funciones, el cumplimiento de la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los quince días del mes de mayo de dos mil diecinueve. DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República LEYLA CHIHUÁN RAMOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1775248-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Monobamba, provincia de Jauja, del departamento de Junín, por desastre a consecuencia de caída de huaicos y deslizamientos, debido a intensas precipitaciones pluviales DECRETO SUPREMO N° 106-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 059-2019- PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 04 de abril de 2019, se declaró el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, en el distrito de Monobamba, provincia de Jauja, del departamento de Junín, por desastre a consecuencias de caída de huaicos y deslizamientos, debido a intensas precipitaciones pluviales, para la ejecución de medidas y acciones de