Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2019 (01/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el mencionado documento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; y, en la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, el mismo que como Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1775216-1

Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" en el marco del Mes de la Cultura Afroperuana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2019-MC Lima, 30 de mayo de 2019 VISTOS, el Informe N° D000003-2019-DAF-YCS/MC de la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, así como la Hoja de Elevación N° D000005-2019-DAF/ MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con el artículo 84 del ROF, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico-racial. Ejerce su labor en coordinación con la Alta Dirección del Ministerio y sus demás órganos; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 89.3 del artículo 89 del ROF, la Dirección de Políticas para las Población Afroperuana es la unidad orgánica encargada de generar mecanismos para difundir y visibilizar el aporte de la población afroperuana a la historia y desarrollo nacional, desde un enfoque intercultural, evidenciando principalmente el papel de las mujeres y niñas;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, mediante Informe N° D000003-2019-DAFYCS/MC de fecha 20 de mayo de 2019, la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, recomendó que en el marco del mes de la Cultura Afroperuana 2019, se otorgue el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a: Luisa Inés Astudillo González, Socorro Celia Grados Santibáñez y Santiago Felipe Manzo Audante, en razón a que las acciones desplegadas durante sus vidas, se encuentran vinculadas con la identidad de mujer y varón afroperuanos, así como su contribución a la valoración de los aportes históricos de la población afrodescendiente del Perú a la construcción de la nación; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" en el marco del Mes de la Cultura Afroperuana, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, a: - LUISA INÉS ASTUDILLO GONZÁLEZ, en mérito a su valiosa contribución en la difusión y preservación de los ritmos y danzas afroperuanas en la región La Libertad, poniendo en valor el patrimonio cultural inmaterial afroperuano. - SOCORRO CELIA GRADOS SANTIBÁÑEZ, por su valiosa contribución en la promoción y visibilización de la cultura afroperuana en los colegios, contribuyendo al fortalecimiento de la ciudadanía intercultural en la niñez y adolescencia. - SANTIAGO FELIPE MANZO AUDANTE, por su valiosa contribución en la preservación y puesta en valor del patrimonio cultural inmaterial afroperuano, manteniendo vigente las costumbres y tradiciones del distrito de San Luis de Cañete. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para que proceda a la inscripción que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1775215-1

Rectifican error material incurrido en la Sección B del formulario anexo a las Bases del "Concurso Nacional de Proyectos de Distribución de Largometraje - 2019"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000055-2019-DGIA/MC Lima, 30 de mayo de 2019

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