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32 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2019 / El Peruano Familia) “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia” de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para el año judicial 2019, cumpla los lineamientos establecidos en la Directiva N° 003-2018-CE-PJ y sus modi fi catorias. Artículo Tercero.- DISPONER a la O fi cina de Administración Distrital y demás áreas administrativas brinden a la Comisión el apoyo necesario que le sea requerido. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMENTO la presente resolución al Programa Presupuestal “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia PP0067”, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital, Área de Personal, Área de Imagen y Prensa, así como a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1753194-2 Reconocen conformación del Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el Año Judicial 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 128-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, veinte de marzo de dos mil diecinueveVISTOS: El Estatuto de la Asociación de Damas del Poder Judicial ADAPOJ; y, CONSIDERANDO: Primero: La Asociación de Damas del Poder Judicial (ADAPOJ) es una asociación civil sin fi nes de lucro que tiene por objetivo promover la unión y promoción de la familia judicial, tanto en los aspectos culturales como de bienestar social y económico en el ámbito nacional; además de exaltar los valores de la Institución, ejercer asistencia social a favor de personas necesitadas, organizar actividades culturales y artísticas que tengan como fi nalidad elevar el nivel intelectual y moral de los miembros del Poder Judicial. Segundo: En ese sentido, los Comités de Damas de los distritos judiciales son órganos que conforman la Asociación de Damas del Poder Judicial que se rigen por lo normado en el Estatuto de la Asociación de Damas del Poder Judicial. Su conformación se encuentra regulado por el artículo cuadragésimo octavo del citado Estatuto, el cual establece textualmente que “cada Comité estará presidido por la esposa del presidente de la Corte Superior de Justicia respectiva; en caso de ser una dama Magistrada, corresponderá asumir el cargo a la esposa del vocal Decano o el que le sigue en la antigüedad en dicha Corte”. Tercero: Que ante la imposibilidad de que la Presidencia del Comité de Damas sea asumida por la esposa del Juez Decano de esta Corte Superior de Justicia o una Jueza Superior Titular, se ha considerado que la señora doctora Yessica Paola Viteri Valiente, Juez Especializada Titular del Segundo Juzgado de Familia de Ventanilla, quien ha sido anteriormente integrante del Comité de Damas de este Distrito Judicial, asuma la Presidencia del Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, siendo que reúne las condiciones necesarias para asumir dicho cargo. Cuarto: Bajo este contexto, mediante correo institucional remitido en la fecha, la señora doctora Yessica Paola Viteri Valiente pone en conocimiento de este Despacho la relación de magistradas que conformarán el Comité de Damas de este Distrito Judicial, por lo que corresponde expedir la resolución administrativa correspondiente, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa de este distrito judicial, facultado para dirigir la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE:Artículo Primero.- RECONOCER la conformación del Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el Año Judicial 2019, la misma que se encontrará integrada según se detalla a continuación: COMITÉ DE DAMAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PARA EL AÑO JUDICIAL 2019 Magistrada Cargo Condición Yessica Paola Viteri ValienteJuez Especializada Titular del Segundo Juzgado de Familia de VentanillaPresidenta Rut María Moreno VillaJueza Especializada Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal.Miembro Jessica María Peña RamírezJuzgado Penal Colegiado Permanente de VentanillaMiembro Elena Luisa Machaca GilJueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Mi PeruMiembro Cris Lloly Ruiz CárdenasJueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa RosaMiembro Maritza del Rosario Mina BallonaJueza Especializada Supernumeraria del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de PachacutecMiembro Artículo Segundo.- DISPONER que la O fi cina de Administración Distrital, así como la O fi cina de Imagen y Prensa de este Distrito Judicial, brinde las facilidades materiales y logísticas necesarias para el mejor desempeño del Comité citado, lo que coadyuvará en la consecución de sus fi nes y propósitos. Artículo Tercero.- DISPONER que el Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, conformado para el Año Judicial 2018, realice la respectiva entrega de cargo al Comité de Damas de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, conformado para el Año Judicial 2019. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Asociación de Damas del Poder Judicial, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, O fi cina de Administración Distrital y a las Magistradas designadas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1753193-1 Designan Auxiliar Jurisdiccional de la Secretaría de Cobranza de Multas (SECOM), para el año judicial 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 129-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, veinte de marzo de dos mil diecinueveVISTOS: La Resolución Administrativa Nº 177-2014- CE-PJ, la Resolución Administrativa Nº 178-2014-CE-PJ,