Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2019 (12/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

24 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Domingo 12 de mayo de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE LINCE
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N°006-2019-MDL Mediante Oficio N° 131-2019-MDL-SG, la Municipalidad de Lince solicita que se publique Fe de Erratas de la fecha de la publicación del Decreto de Alcaldía N°006-2019-MDL, publicado el día 9 de mayo de 2019, en la página 58. DICE: "(...) Lince, 5 de mayo del 2019 (...)" DEBE DECIR: "(...) Lince, 6 de mayo de 2019 (...)" 1768372-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban la adecuación de 10 procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2019-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 17 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS: El Proveído Nº 539-2019-GM/MDSJL de fecha 17 de Abril del 2019, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 031-2019-GDE/MDSJL de fecha 15 de Abril del 2019, de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 43-2019-SGFyPE-GDE/MDSJL de fecha 03 de abril del 2019 de Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, los Informes Nº 053-2019-SGDICNIGP/MDSJL de fechas 09 de abril del 2019, Nº 026-2019-SGDICNI-GP/MDSJL de fechas 09, 11 de abril del 2019 de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, el Informe Nº 053-2019-GP/MDSJL de fecha 15 de abril del 2019 de la Gerencia de Planificación y el Informe Legal Nº 0932019-GAJ/MDSJL de 16 de Abril del 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre propuesta de la Adecuación de Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias establece que, las municipalidades

provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las mismas que según el artículo ii del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal, mediante Ordenanza Nº 358-2017-MDSJL de fecha 05 de Octubre del 2017, incluyó en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, procedimientos, requisitos y derechos de trámite, respecto a Licencias de Edificación y Habilitaciones Urbanas, así como de otros procedimientos y servicios; y, mediante Ordenanza Nº 383-2018-MDSJL, de fecha 30 de Setiembre del 2018, se aprobó e incluyó en el TUPA de la Municipalidad diversos procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite respecto a Licencias de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones y Autorizaciones Municipales para Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos para su sustitución; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de Marzo del 219, se aprobó los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de las tablas ASME-VM, en cumplimiento del artículo 41º del Texto Único Ordenado ­ TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, con la finalidad de establecer condiciones más favorables en la tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados que se expresa en la exigencia de menores requisitos, actividades y plazos de atención, a los establecidos legalmente; así como también la modificación del Formato de Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento aprobado por DS Nº 0462017-PCM; Que, el inciso 44.5 del artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Órganos Reguladores, Resolución del Órgano de dirección o del Titular de los organismos técnicos especializados según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo (...)", siendo en el caso de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que la modificación del TUPA, establecida en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM deberá efectuarse mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Legal Nº 093-2019-GAJ/ MDSJL de 16 de Abril del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable sobre la propuesta presentada por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional; Que, mediante el Proveído Nº 539-2019-GM/MDSJL de fecha 17 de Abril del 2019, la Gerencia Municipal ha dispuesto que esta Secretaria General proyecte el correspondiente Decreto; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con los vistos buenos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Económico, y Gerencia de Planificación; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la adecuación de los 10 (Diez) procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial conforme al detalle del Anexo:

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