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36 NORMAS LEGALES Sábado 5 de octubre de 2019 / El Peruano Infraestructura de la O fi cina de Control Patrimonial, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 7 y 8 de octubre de 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000886 Gerenciar Recursos Materiales, Humanos y Financieros, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica US$Viáticos por día US$N.° de díasTotal Viáticos US$ Ivan Boris Sierra Medina 685.00 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al término del referido viaje, el citado Especialista deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. - La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1814342-1 Autorizan viaje de Director General para Asuntos Multilaterales y Globales a Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0684/RE-2019 Lima, 4 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la reunión informal preparatoria para la Conferencia de las Partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), PRE COP 25, se realizará en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 8 a 10 de octubre próximo; Que, entre los temas que se busca avanzar hacia la COP25 de Chile se encuentra el de mercados al cual la República del Perú le asigna especial prioridad; Que, al tratarse de una reunión en la región y preparatoria hacia la COP25 se requiere que el Perú sea representado en el nivel adecuado; Que, la reunión del Diálogo de Cartagena, mecanismo de coordinación informal en el que el Perú participa, durante la cual se abordarán temas como mercados, ambición en las Contribuciones Nacionales Determinadas (NDC) y el mecanismo sobre pérdidas y daños de Varsovia, se realizará el 11 de octubre de 2019, en la ciudad de San José, República de Costa Rica; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2019;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 9 al 11 de octubre de 2019, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos del pasaje aéreo internacional del citado funcionario diplomático, será cubierto por el Diálogo de Cartagena. Artículo 3.- Los gastos de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día US$N° de díasTotal Viáticos US$ Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu315.00 3 945.00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1814342-2 SALUD Acreditan al Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo, como establecimiento de Salud Donador Trasplantador de células progenitoras hematopoyéticas autólogo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 918-2019/MINSA Lima, 4 de octubre del 2019Visto, el Expediente N° 19-096602-002, que contiene el informe N° 345-2018-DIDOT/DIGDOT/MINSA, N° 101-2019-DIDOT/DIGDOT/MINSA, de Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, par fi nes de donación y trasplante, y su seguimiento; Que, el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 28189, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA, establece que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos de salud que dispongan de una organización y régimen de funcionamiento interior que permita asegurar la ejecución de tales operaciones en forma e fi ciente y satisfactoria;