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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (26/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 26 de octubre de 2019 / El Peruano disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zoni fi cación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Cuarto.- Disponibilidad de la Información La presente Ordenanza, el Anexo que contiene los procedimientos administrativos aprobados y el Acuerdo ratifi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob.pe). Artículo Quinto.- Publicidad La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos administrativos aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.muniancon.gob.pe). Artículo Sexto.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que y de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Sétimo.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ancón, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos aprobados, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción. Artículo Octavo. - Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 409-2019-MDA Artículo Noveno.- Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Ancón. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1820525-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Otorgan beneficios para pago de arbitrios municipales generados a partir del Ejercicio Fiscal 2019 a personas con discapacidad ORDENANZA Nº 065-2019-MDMM Magdalena del Mar, 27 de agosto de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 16 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 063-2019-MDMM/GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorando Nº 294-2019-GATR- MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Memorando Nº 319-2019-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 433-2019-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1066-2019-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el número 2.1 del artículo 84º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que es función de las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa, promoción de derechos la de plani fi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción, en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza puedan crear, modi fi car, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Norma VII del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece en el inciso c) que el articulado de la propuesta legislativa deberá señalar de manera clara y detallada el objetivo de la medida, los sujetos bene fi ciarios, así como el plazo de vigencia de la exoneración, incentivo o bene fi cio tributario, el cual no podrá exceder los tres (3) años; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 estipula que las ordenanzas de las municipalidades distritales y provinciales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Que, la actual Administración Municipal, dentro de sus políticas de desarrollo social, armónico, solidario y consciente de la situación económica de las personas con discapacidad del Distrito de Magdalena del Mar y con el objetivo de contribuir a mejorar su calidad de vida, procurando acciones que contribuyan su bienestar en concordancia con el régimen de protección establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad, propone otorgar el Bene fi cio de Descuento del pago de Arbitrios Municipales a las personas con discapacidad, poniéndolo en consideración del concejo municipal, para su evaluación y aprobación; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS AL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES GENERADOS A PARTIR DEL EJERCICIO FISCAL 2019 A PERSONAS CON DISCAPACIDAD TITULO PRIMERO: OBJETO, ALCANCES Y DEFINICIONES Artículo Primero.- Conceder, el bene fi cio del ochenta por ciento (80%) de descuento del insoluto de los arbitrios municipales por concepto de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y Serenazgo, generados a partir del ejercicio fi scal 2019, a los contribuyentes con discapacidad que sean propietarios de