Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2019 (17/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Martes 17 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:

oficina especial ubicada en Av. República de Panamá Nº 3418, piso 13 oficina 1301 distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 16 de setiembre de 2019, a la señorita MARÍA DEL ROSARIO ÑIQUEN TANCUN, en el cargo de Sub Gerente de Gestión de Servicios de Información de la Gerencia de Tecnología de la Información del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, públiquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1807363-1

ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1807507-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco del proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CGR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 044 Callao, 27 de agosto de 2019 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Extraordinaria celebrada el 27 de agosto de 2019, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; VISTOS: El Oficio Nº 000482-2019-CG/VCGEIP de fecha 17 de junio de 2019, emitido por la Vicecontraloría de Gestión Estratégica e Integridad Pública de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 1574-2019-GRC/GRPPAT/ OPT de fecha 12 de julio de 2019, emitido por la Oficina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y el Memorándum Nº 1500-2019-GRC/GRPPAT de fecha 12 de julio de 2019, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 131-2019-GRC/GAJ-JFCHO de fecha 17 de julio de 2019 y el Informe Nº 787-2019-GRC/GAJ de fecha 18 de julio de 2019, ambos emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao; y el Dictamen Nº 016-2019-GRC/CR-CAR de fecha 08 de agosto de 2019, de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dicta las disposiciones orientadas a modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que, las normas establecidas en la Ley acotada, tienen incidencia, entre otros, en los procesos de incorporación de plazas y recursos, con sus respectivas transferencias financieras por parte de las Entidades donde se encuentran adscritas los Órganos de Control Institucional (OCI) a la Contraloría General de la República (CGR), estableciendo su carácter progresivo y sujeto al "Plan de Implementación de la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control" que aprueba la Entidad Fiscalizadora Superior; Que, con Resolución de Contraloría Nº 355-2018CG de fecha 25 de junio de 2018, se aprobó el "Plan

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Compañía de Seguros de Vida Cámara S.A. la apertura de oficina especial en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4104-2019 Lima, 9 de septiembre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CÁMARA S.A., para que se le autorice la apertura de la oficina especial ubicada en Av. República de Panamá Nº 3418, piso 13 oficina 1301 distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en aplicación de los artículos 3º y 8º del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015, y el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación correspondiente para la apertura de la oficina especial ubicada en Av. República de Panamá Nº 3418, piso 13 oficina 1301 distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros "A" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CÁMARA S.A., la apertura de la

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