NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (19/09/2019)
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17 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2019 El Peruano / NTP 202.188:2008 (revisada el 2014) LECHE Y PRODUCTOSLÁCTEOS. Leche saborizada. Determinación de acidez. Método del punto fi nal potenciométrico. 1ª Edición NTP 231.303:2004 FIBRA DE ALPACA CLASIFICADA. Determinación del diámetro medio ( fi nura), por el método de fl ujo de aire “air- fl ow”. 1ª Edición. NTP 231.305:2003 FIBRA DE ALPACA CLASIFICADA. Método de ensayo para determinar el contenido de humedad 1ª Edición NTP 231.307:2004 FIBRA DE ALPACA. Calibración del aparato de fl ujo de aire “air- fl ow”. 1ª Edición. NTP-ISO/TR 10017:2004 (revisada el 2014) ORIENTACIÓN SOBRE LAS TÉCNICAS ESTADISTICAS PARA LA NORMA NTP- ISO 9001:2001. 1ª Edición NTP-ISO 10014:2008 (revisado el 2014) GESTIÓN DE LA CALIDAD. Directrices para obtener bene fi cios fi nancieros y económicos. 1ª Edición NTP-ISO/TR 10013:2003 (revisado el 2014) DIRECTRICES PARA LA DOCUMENTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. 1ª Edición NTP-ISO 10012:2003 (revisado el 2014) SISTEMA DE GESTIÓN DE LAS MEDICIONES. Requisitos para los procesos de medición y los equipos de medición. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 1808086-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “ Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)” DECRETO SUPREMO Nº 043-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)” fue suscrito el 12 de septiembre de 2019 en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Sede entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la realización del Congreso Regional sobre Lenguas Indígenas para América Latina y el Caribe (Cusco, Perú, 25-27 de septiembre de 2019)” , suscrito el 12 de septiembre de 2019 en la ciudad de Lima, República del Perú; Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido tratado, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1808817-3 Declaran de interés nacional la realización de la “29a Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe” DECRETO SUPREMO N° 044-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Perú es parte del Consejo Económico de las Naciones Unidas (ECOSOC), el cual estableció a la Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales Encargados de Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (HONLEA), América Latina y el Caribe, como órgano subsidiario de la Comisión de Estupefacientes (CND), con el objetivo de fortalecer la cooperación en las actividades para combatir el Tráfico Ilícito de Drogas (TID) y delitos conexos, a nivel regional; Que, la HONLEA, América Latina y el Caribe, tiene como fi n aumentar la cooperación en las actividades relacionadas con la lucha contra la droga en los países de América Latina y el Caribe; Que, la política general del Gobierno del Perú hacia el 2021 asigna una especial importancia a combatir la corrupción y las actividades ilícitas como el TID y delitos conexos; Que, la ciudad de Lima es sede de la 29 a HONLEA, América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo del 7 al 11 de octubre de 2019, la cual viene siendo organizada por la O fi cina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y acogida conjuntamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), entre otras Entidades Públicas; Que, la 29 a HONLEA, América Latina y el Caribe, permitirá que el Perú incremente sus relaciones con los países de la región que combaten el narcotrá fi co y el narcoterrorismo; y fortalecerá el liderazgo de nuestro país en el debate regional en torno al Problema Mundial de las Drogas y eventualmente, permitirá que podamos obtener