NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (21/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 99
99 NORMAS LEGALES Sábado 21 de setiembre de 2019 El Peruano / Coactivo, con la fi nalidad de garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR a partir del 16 al 27 de septiembre de 2019, al abogado JORGE LUIS MACHACA RODRIGUEZ, como Ejecutor Coactivo, en adición a sus funciones como Auxiliar Coactivo, por el periodo vacacional 2019 del Ejecutor Coactivo Titular. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva y a la Gerencia de Gestión del Talento Humano el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Innovación Tecnológica, la publicación de la presente en el portal web de la Institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1809261-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de alcalde a Holanda, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 115-2019-MPA Arequipa, 12 de setiembre de 2019VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal realizada el 11 de setiembre de 2019, la Carta Nº CAJA-AQP-035-2019-PD, el Memorando Nº 583-2019-MPA/A, el Memorando Nº 1295-2019-MPA/GM y el Dictamen Legal Nº 663-2019-MPA/GAJ, referente a la autorización de viaje al exterior del país al señor Alcalde de Arequipa al país de Holanda (Utrech), y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Memorando Nº 583-2019-MPA/A del despacho de Alcaldía, se dispone al Gerente Municipal que incorpore en la siguiente sesión de concejo, la aprobación del viaje del Alcalde a HOLANDA (Utrech), del 17 al 21 de setiembre de 2019, por una invitación realizada por la empresa RABOBANK, en su calidad de Presidente de la Junta General de Accionistas de CAJA AREQUIPA; Que, con Memorando Nº 1295-2019-MPA/GM, la Gerencia Municipal, hace de conocimiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Carta Nº Caja-AQP-035-2019-PD y solicita se emita Dictamen Legal. La misiva está referida a la invitación de los señores RABOBANK, potencial socio estratégico de CAJA AREQUIPA, para visitar su sede principal en UTRECH-HOLANDA, los días 16 al 21 de setiembre, para conocer las instalaciones de su o fi cina principal, los avances tecnológicos, el grupo gerencial y el modelo de negocio, así como su rol social; Que, de la misiva, la misma que es suscrita por el Presidente del Directorio y Gerente Central de CAJA AREQUIPA, se señala que los gastos que irrogue tal invitación al señor Alcalde de Arequipa, serán asumidos por CAJA AREQUIPA, en su calidad de Presidente de la Junta General de Accionistas de CAJA AREQUIPA; Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en su Dictamen Legal Nº 663-2019-MPA-GAJ, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria realizada el 11 de setiembre de 2019, acordó por unanimidad el siguiente: ACUERDOArtículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a Holanda (Utrech), al señor Mg. OMAR JULIO CANDIA AGUILAR, Alcalde de Arequipa, del 17 al 21 de setiembre de 2019, en representación de la Municipalidad Provincial de Arequipa, a fi n de asistir a una invitación realizada por la empresa RABOBANK, en su calidad de Presidente de la Junta General de Accionistas de CAJA AREQUIPA. Artículo 2º.- Precisar que los gastos del viaje son asumidos íntegramente por Caja Arequipa, no irrogando egreso al Presupuesto Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, así como a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación en el portal institucional (www.muniarequipa.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. OMAR JULIO CANDIA AGUILAR Alcalde Provincial de Arequipa 1808856-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Ordenanza que modifica los procedimientos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2019-MPH-CM Huaral, 27 de agosto de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprobó los Lineamientos