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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (27/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 27 de setiembre de 2019 El Peruano / Estando a las facultades conferidas en los literales d), o) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N°008-2014-SA, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS. SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la “Directiva que Regula el Trámite de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción y Denuncias de Mala Fe en la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD)”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que la Gerencia General y la Ofi cina General de Gestión de las Personas, adopten en su oportunidad las acciones necesarias para implementar las medidas de protección y de con fi dencialidad a las que hace referencia la “Directiva que Regula el Trámite de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción y Denuncias de Mala Fe en la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD)”. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y de la Directiva que Regula el Trámite de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción y Denuncias de Mala Fe en la Superintendencia Nacional de Salud en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAALSuperintendente 1811442-1 Modifican el Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 125-2019-SUSALUD/S Lima, 24 de setiembre de 2019VISTO:El Informe N° 00558-2019/OGPER, de fecha 13 de agosto de 2019, y el Informe N° 598-2019/OGPER, de fecha 27 de agosto de 2019, de la O fi cina General de Gestión de las Personas (OGPER); el Informe N° 264-2019/OGPP, de fecha 21 de agosto de 2019, y el Informe N° 277-2019/OGPP, de fecha 06 de setiembre de 2019, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 00573-2019/OGAJ de fecha 19 de setiembre de 2019, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la Gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias; Que, el artículo 4 de la referida Ley, establece que el proceso de Modernización de la Gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo como objetivo, entre otros, alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, transparente en su gestión y con servidores públicos cali fi cados y adecuadamente remunerados; Que, el Decreto Legislativo N° 1158, dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por la de Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como un organismo público, técnico, especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, conforme la Sétima Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo, concordante con el artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, el personal de la Superintendencia Nacional de Salud se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada establecido por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, en tanto se implementen las disposiciones contenidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, la Décimo Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que el clasi fi cador de cargos del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) sigue vigente hasta que se implemente el manual de puestos tipo. Asimismo, señala que, para el caso de las entidades con poco personal, la descripción del per fi l de los puestos tipo podrá abarcar funciones y requisitos generales de más de un rol para un mismo grupo de servidores civiles; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 012-2015-SUSALUD/S se aprobó el Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDRSH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos (MPP)”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE, establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria sobre el proceso de Diseño de Puestos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende los lineamientos que las entidades públicas deben seguir para la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos, cuando se encuentran en proceso de tránsito al régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; así como la elaboración y la aprobación de los per fi les de puestos para regímenes laborales diferentes al régimen de la Ley Nº 30057; Que, conforme con lo señalado en los informes de vistos, corresponde emitir el acto formal que disponga la actualización del “Clasi fi cador de Cargos”, a fi n que dicho instrumento de gestión se encuentre alineado con las disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de las Personas, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e), y; Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y los literales d) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con el numeral 4) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158; SE RESUELVE:Artículo 1.- MODIFICAR el Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud, el mismo que como Anexo, fue aprobado por Resolución de Superintendencia N° 012-2015-SUSALUD/S. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y de su Anexo en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1811442-2