Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 8082019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS Nº 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS Nº 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS Nº 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 23 de mayo de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Gonzalo Fernando Hermoza Vinces postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Gonzalo Fernando Hermoza Vinces, con matrícula número N-4826, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1811544-1

Que, mediante la comunicación de vistos, AFP Habitat solicita se autorice la apertura de su nueva agencia ubicada en la avenida El Ejercito Nº 1009, Real Plaza LC 149, distrito de Cayma, departamento de Arequipa y dejar sin efecto el certificado Nº HA-007, que autorizó el funcionamiento de la agencia ubicada en la avenida El Ejercito Nº 793, Mall Plaza LF -13, distrito de Cayma, departamento de Arequipa; Que, mediante la Resolución Nº 05949-2016-SBS del 14 de noviembre de 2016, esta Superintendencia emitió el Certificado Nº HA-007 que autoriza a AFP Habitat el funcionamiento de la agencia ubicada en la avenida El Ejercito Nº 793, Mall Plaza LF -13, distrito de Cayma, departamento de Arequipa; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 0151-2019-DSIP de fecha 13 de setiembre de 2019; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 842-2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a AFP Habitat el cambio de dirección de su agencia ubicada en la avenida El Ejercito Nº 793, Mall Plaza LF -13, distrito de Cayma, departamento de Arequipa; hacia la nueva dirección ubicada en la avenida El Ejercito Nº 1009, Real Plaza LC 149, distrito de Cayma, departamento de Arequipa; Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº HA007, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 05949-2016-SBS del 14 de noviembre de 2016. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº HA010, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales 1811607-1

Autorizan a AFP Habitat el cambio de dirección de agencia ubicada en el distrito de Cayma, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 4226 -2019 Lima, 16 de septiembre de 2019 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La comunicaciones de AFP Habitat Nº GG-259-2019 y GG-258-2019, ingresadas con registros Nº 2019-54957 y 2019-54956 respectivamente, y el Informe Nº 0151-2019DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

Autorizan viaje de Superintendente Adjunto de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera de la SBS a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 4457-2019 Lima, 25 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de la Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) / International Network on Financial Education (INFE) y la Securities and Exchange Commission of Brazil (CVM) para participar en las siguientes reuniones: INFE Working Groups Meetings, INFE Advisory Board Meeting, 12th Meeting of the INFE Technical Committee, OECD-CVM Symposium on Financial Education "Aiming High: Financial Education for Short-term Needs and Long-term Goals" y 3rd Annual Meeting of the OECD CVM Centre on Financial Education and Literacy in Latin America and the Caribbean (LAC), que se realizarán del 08 al 11 de octubre de 2019

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