Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Chorrillos
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2019-MDCH Chorrillos, 4 de setiembre de 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTOS: El Expediente Nº 00213-2019/CEB Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, el Memorándum Nº 1241-2019-GPyP/MDCH de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº808 2019GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 señala que: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, con Ordenanza Nº 336-2018-MDCH, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de Chorrillos, el mismo que fue ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 582-MML; de fecha 13 de diciembre de 2018, se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, así como los respectivos requisitos, costos y derechos de trámite que se encuentran contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Chorrillos, respecto de ciento treinta y ocho (138) derechos de trámite relacionados a ciento treinta y seis (136) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad; Que, el numeral 43.5 del Artículo 43º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 43.1. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por el numeral 43.3"; Que, el Artículo 126º numeral 126.1 del TUO de la LPAG, establece que es suficiente presentar carta poder simple con firma del administrado para la tramitación de procedimientos administrativos, el Artículo 48º numeral 48.1 inciso 8 del TUO de la LPAG, establece que bastará que el administrado informe en su solicitud fecha y número de recibo de pago y por último en el Artículo 49º numeral 49.1 inciso 1 del TUO de la LPAG, en las medidas están obligadas a recibir copia simple en reemplazo de copia legalizada por Notario Público.

Que, con Ordenanza Nº 335-2018-MDCH que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Chorrillos modifica nomenclatura de los nombres de las áreas como la Gerencia de Rentas, ahora es Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, ahora es Gerencia de Desarrollo Económico. Que, mediante Memorándum Nº 1241-2019-GPPMDCH la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala, que toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por resolución Ministerial del sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo, asimismo señala que deben ser suprimidos o modificados los requisitos de los procedimientos del TUPA mediante Decreto de Alcaldía, de conformidad con lo señalado en la Ley 27444. en consecuencia se procede a elaborar el Proyecto de Alcaldía para su respectiva modificación en cuanto a lo observado por INDECOPI veinte (20) procedimientos Administrativos que son 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3, 3.1.4, 3.1.5, 3.1.6, 3.1.7, 3.1.8, 3.1.9, 4.1.1, 4.1.2, 5.1.1, 5.1.2, 7.1.60, 7.1.61, 7.1.65, 7.1.67, 7.1.72, 7.1.74 y 3.1.2. Mediante, Informe Nº 1241-2019-GAJ-MDCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de los antecedentes remitidos por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre la propuesta de la modificación del TUPA mediante Decreto de Alcaldía, que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA) de la Municipalidad de Chorrillos con los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, se tiene: El Decreto de Alcaldía propuesto, aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), modifica veinte (20) códigos 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3, 3.1.4, 3.1.5, 3.1.6, 3.1.7, 3.1.8, 3.1.9, 4.1.1, 4.1.2, 5.1.1 y 5.1.2, 7.1.60, 7.1.61, 7.1.65, 7.1.67, 7.1.72, 7.1.74; y 3.1.2, el mismo que cumple con adecuar los procedimientos administrativos sobre la base de lo establecido en el TUO de la LPAC de acuerdo a la recomendación de la Secretaria Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, del Instituto nacional de Defensa de la Competencia y de la protección de la Propiedad intelectual (INDECOPI). de conformidad con el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativos al TUPA de la Municipalidad de Chorrillos mediante Decreto de Alcaldía. De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de Chorrillos, aprobado mediante Ordenanza Nº 3362018-MDCH y ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 582 de la Municipalidad de Lima, conforme al cuadro Nº 02 vinculados a la Gerencia de Rentas, ahora es Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, ahora es Gerencia de Desarrollo Económico, encontrándose identificados con los códigos 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3, 3.1.4, 3.1.5, 3.1.6, 3.1.7, 3.1.8, 3.1.9, 4.1.1, 4.1.2, 5.1.1 y 5.1.2, 7.1.60, 7.1.61, 7.1.65, 7.1.67, 7.1.72, 7.1.74, y 3.1.2. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad de Chorrillos, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- PUBLICAR el TUPA a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional (www. munichorrillos.gob.pe) conforme a lo dispuesto en el Artículo 43.3 del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia

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