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2 NORMAS LEGALES Lunes 10 de febrero de 2020 / El Peruano PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 020-2020-CE-PJ.- Disponen publicar el Ranking de Cumplimiento de Meta 2018 de los órganos jurisdiccionales permanentes a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, correspondientes a Salas Superiores, Juzgados Especializados o Mixtos y Juzgados de Paz Letrados 26 Res. Adm. Nº 034-2020-CE-PJ.- Incorporan a la Corte Superior de Justicia de Amazonas en el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles” 27 Res. Adm. Nº 049-2020-CE-PJ.- Aprueban el “Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral” y el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral -Tipo” 28 Res. Adm. Nº 051-2020-CE-PJ.- Aprueban el “Plan de Trabajo 2020 de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena” 29 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 044-2020-UNU-R.- Aprueban desagregación de recursos transferencia financiera de la Universidad Nacional de Ucayali a la Contraloría General, destinados a la contratación de sociedad auditora 30Res. Nº 0263.- Autorizan viaje de profesional de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico a Ecuador, en comisión de servicios 31 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0033-2020-JNE.- Declaran Nulo acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, que declaró la vacancia de regidor del Concejo Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto 32 MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 118-2020-MP-FN.- Autorizan viaje de fiscales a Brasil, en comisión de servicios 36 CONVENIOS INTERNACIONALES RELACIONES EXTERIORES Entrada en vigencia del “Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Australia” 36 SEPARATA ESPECIAL RELACIONES EXTERIORES Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Australia PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara en reorganización al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN DECRETO SUPREMO Nº 023-2020-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 4 de la Ley antes citada señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; todo ello con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013- PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que tiene como uno de sus principios orientadores, la orientación al ciudadano, por el cual, la razón de ser de la gestión pública es servir a los ciudadanos; lo que signi fi ca que el Estado y sus entidades deben de fi nir sus prioridades e intervenciones a partir de las necesidades ciudadanas y, en función de ello, establecer las funciones y los procesos de gestión que permitan responder más y mejor a esas necesidades con los recursos y capacidades disponibles en cada momento presente; Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público, disponiendo asimismo que su reorganización se acuerda por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversión en Energía, modi fi cada por la Ley Nº 28964, Ley que trans fi ere competencias de supervisión y fi scalización de las actividades mineras al Osinerg, se crea el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN como un organismo regulador, supervisor y fi scalizador de las actividades que desarrollan las personas jurídicas de derecho público interno o privado y las personas naturales, en los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería, siendo su misión el regular, supervisar y fi scalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de dichos subsectores; Que, a través del Decreto Supremo Nº 011-2020- PCM se declara el Estado de Emergencia en el sector comprendido entre las avenidas El Sol, Micaela Bastidas,