Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2020 (25/02/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 25 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES
Función División Funcional Grupo Funcional Categoría Presupuestal Actividad Secuencia Funcional Clasificador

5
03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia 011 Transferencia e Intermediación Financiera 0019 Transferencias de carácter general 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos 5001253 Transferencias de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión 0053 242311 A otras unidades del Gobierno Nacional

Visto, el Memorandum Nº 187-2020-MINCETUR/ SG/OGPPD y los Informes Nos 080-2020-MINCETUR/ SG/OGPPD y 112-2020-MINCETUR/SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial N.º 443-2019-MINCETUR, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el año fiscal 2020; Que, de conformidad con lo establecido en el literal w), del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N.º 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al MINCETUR, para que el presente ejercicio fiscal pueda realizar transferencias financieras, hasta por la suma de S/ 9 100 000,00 (NUEVE MILLONES CIEN MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), con la finalidad de que dichas entidades adquieran vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, destinados a la seguridad turística. Dichas transferencias financieras se financian con cargo al presupuesto institucional del MINCETUR, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la citada norma, establece que las referidas transferencias financieras se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el diario oficial El Peruano, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, en el marco de sus competencias, señala que se cuenta con disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 2 100 000,00 (DOS MILLONES CIEN MIL y 00/100 SOLES), para efectuar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), en el marco de lo establecido en el literal w), del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019; Que, con fecha 21 de febrero 2020, el MINCETUR y el SERNANP suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional que tiene por objeto establecer las condiciones y mecanismos para la trasferencia financiera autorizada por el citado Decreto de Urgencia, con la finalidad que se proceda con la adquisición de vehículos y/o ejecuten inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones destinados a la Seguridad Turística; Que, en consecuencia, resulta pertinente que se proceda aprobar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), para los fines antes expuestos; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), por la suma de S/ 2 100 000,00 (DOS MILLONES CIEN MIL y 00/100 Soles), destinada a la adquisición de vehículos y/o ejecución de inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones destinados a la Seguridad Turística, de conformidad a la siguiente estructura de gastos:

Grupo Genérico de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencia Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados

Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese y comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1858371-1

CULTURA
Autorizan viaje de Viceministra de Interculturalidad a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2020-MC Lima, 24 de febrero de 2020 VISTO; el Informe Nº 000001-2020-VMI-PPS/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante la Carta INALI.A.A.5.13/0002/2020 de fecha 30 de enero de 2020, el Director General del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas de México cursa invitación a la señora Angela María Acevedo Huertas, Viceministra de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, para que asista a la ceremonia de inauguración del Congreso Internacional de Lenguas en Riesgo, que se llevará a cabo el 25 de febrero de 2020; así como al evento de alto nivel "Construyendo un Decenio de Acciones para las Lenguas Indígenas", que tendrá lugar los días 27 y 28 de febrero de 2020, en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; Que, conforme a lo señalado en el precitado documento, dichas actividades están enmarcadas en el cierre del Año Internacional de Lenguas Indígenas, y constituyen un trabajo previo al Decenio de las Lenguas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.