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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2020 (03/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Viernes 3 de julio de 2020 / El Peruano Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar el desembolso solicitado en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada (para cofinanciar el proyecto citado en el Informe Técnico Legal mencionado), así como de las disposiciones contenidas en las bases del mencionado esquema financiero, el contrato (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modi fi catorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención a una persona jurídica privada, por la suma total de S/ 50,400.00 (Cincuenta Mil Cuatrocientos y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente: N° TipoPro- yecto o Pro- gra- maDenominación InstituciónN° de Conve- nio o Con- trato Monto Total del desem- bolso en Soles S/ 1Subven- ciones a per- sonas jurídicasPro- yectoAnálisis y gestión de los riesgos asociados a la presen- cia de cianotoxinas en aguas y desarrollo de tecnologías limpias para su eliminación: hacia una mejora de la salud públicaUniversidad de Ingeniería y Tecnología002- 202050,400.00 TOTAL 50,400.00 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1869565-1 Aprueban transferencia financiera a favor de entidad pública y el otorgamiento de subvención a persona jurídica privada RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 059-2020-CONCYTEC-P Lima, 26 de junio de 2020VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 015-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 040-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es