Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2020 (29/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 29 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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Aprueban modificación del Anexo 13: Criterios de Elegibilidad en Patologías Infecciosas y No Infecciosas; y el numeral IX Bibliografía, de la Guía Técnica para la Selección del Donante de Sangre Humana y Hemocomponentes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2020-MINSA Lima, 28 de marzo de 2020 Visto el Expediente Nº 20-022732-001, que contiene el Informe Nº 018-2020- DIBAN-DIGDOT/MINSA, de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre y el Informe N° 245-2020-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 26454, Ley que Declara de orden público e interés nacional la obtención, donación, conservación, transfusión y suministro de sangre humana, crea el Programa Nacional de Hemoterapia y Banco de Sangre (PRONAHEBAS) y establece que los Bancos de Sangre son establecimientos destinados a la extracción de sangre humana, para transfusiones, terapias preventivas y a investigación; funcionan con licencia sanitaria y están encargados de asegurar la calidad de ésta y sus componentes durante la obtención, procesamiento y almacenamiento; Que, el subliteral a.1. del literal a), del artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 26454, aprobado por Decreto Supremo N° 03-95-SA, establece que, el PRONAHEBAS tiene entre sus funciones, el elaborar las normas técnicoadministrativas referentes a los mecanismos de obtención, donación, conservación, almacenamiento, transfusión y suministro de sangre humana sus componentes y derivados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 241-2018/ MINSA, se aprobó la Guía Técnica para la Selección del Donante de Sangre Humana y Hemocomponentes, modificada según Resolución Ministerial N° 440-2018/ MINSA, cuya finalidad es contribuir a facilitar el acceso de la población que requiere para su tratamiento sangre humana y hemocomponentes seguros, oportunos y de calidad y entre sus objetivos está, el estandarizar el procedimiento para la selección del donante de sangre humana y hemocomponentes. Dicha Guía establece a través de su ANEXO 13: CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD EN PATOLOGÍAS INFECCIOSAS Y NO INFECCIOSAS, las condiciones de salud que los donantes deberán cumplir para ser aceptados como donante de sangre. Que, a través del Informe del visto, la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas por la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, sustenta la modificatoria del citado ANEXO 13: CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD EN PATOLOGÍAS INFECCIOSAS Y NO INFECCIOSAS, para incorporar en ella, como un nuevo criterio de elegibilidad al nuevo coronavirus (COVID-19), para la selección del donante de sangre humana y hemocomponentes; y, con ello contribuir a mejorar la seguridad transfusional. Asimismo, proponen incorporar en el numeral IX. BIBLIOGRAFÍA de la Guía Técnica para la selección del donante de sangre humana y hemocomponentes, la referencia bibliográfica que fue tomada en cuenta para sustentar la precitada modificación; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del

Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895 Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación del ANEXO 13: CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD EN PATOLOGÍAS INFECCIOSAS Y NO INFECCIOSAS; y el numeral IX BIBLIOGRAFIA, de la Guía Técnica para la Selección del Donante de Sangre Humana y Hemocomponentes, aprobada por Resolución Ministerial N° 241-2018/MINSA, modificada según Resolución Ministerial N° 440-2018/ MINSA, conforme a los textos adjuntos, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Guía Técnica para la Selección del Donante de Sangre Humana y Hemocomponentes, aprobada por Resolución Ministerial N° 241-2018/MINSA, modificada según Resolución Ministerial N° 440-2018/ MINSA. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARCIAL ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1865205-4

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Incorporan Octava Disposición Transitoria a la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la Superintendencia del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 034-2020-SMV/02 Lima, 27 de marzo de 2020 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2020011116 y el Informe Conjunto Nº 348-2020-SMV/06/10/12, del 27 de marzo de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, conforme al inciso b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126, (en adelante Ley Orgánica) es atribución del

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