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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Jueves 25 de noviembre de 2021 El Peruano / el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos, de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA_Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su TÍTULO III - Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana, CAPITULO I - Acondicionamiento Territorial e Instrumentos de Plani fi cación Urbana; en su Artículo 12º indica que los gobiernos locales en materia de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprueban los siguientes instrumentos: 12.1 Plan de Acondicionamiento Territorial, 12.2 Plan de Desarrollo Urbano, y que este comprende: 1. Plan de Desarrollo Metropolitano(PDM), 1. Plan de Desarrollo Urbano (PDU), 3. Esquema de Ordenamiento Urbano (EU), 4. Plan Especí fi co(PE), para sectores urbanos y 5. Planeamiento Integral(PI), para predios rústicos; Que, en los artículos 37º, 47º, 57º indica las vigencias de los Planes de Plani fi cación Urbana de aprobarse en los gobiernos locales y de acuerdo a la cantidad de habitantes, el cual corresponde a una vigencia de (10) años, con previsiones para el mediano plazo a cinco (5) años y de corto plazo a dos (2) años. Vencido este plazo se procederá a su actualización; Que, el Art. 58º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, señala que el Planeamiento Integral – PI, es un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los PDU, EU o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zoni fi cación; Que, el Art. 61º, numeral 61.3 del citado Reglamento, señala que la propuesta fi nal del Plan Integral con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55º del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N.º 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 308-2016-MPSC, de fecha 15ABR2016, la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión aprueba la Delimitación de Zona Urbana en el Caserío de Shiracmaca; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 320-2016- MPSC, de fecha 29AGO2016 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 21SET2016, la Municipalidad Provincial Sánchez Carrión aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la Distrito de Huamachuco y Plan de Acondicionamiento Territorial de la provincia de Sánchez Carrión; Que, mediante O fi cio del Visto el Arquitecto Paúl Rodríguez Román, director del CEPPLAN, alcanza la propuesta del Planeamiento Integral del predio denominado Lote Nº1, Partida Registral Nº11070108, Caserío de Shiracmaca, Distrito de Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, Departamento La Libertad; Que, en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 020, de fecha 21 de octubre de 2021, el Pleno por unanimidad ACORDÓ: Aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba el planeamiento integral del predio denominado Lote Nº 1, partida registral Nº 11070108, caserío de Shiracmaca, distrito de Huamachuco, provincia Sánchez Carrión, departamento La Libertad; Estando a lo expuesto, con visaciones de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Asesoría Jurídica, Centro de Planeamiento Territorial Provincial y Área de Desarrollo Urbano y Rural, en uso de las atribuciones conferida por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL PREDIO DENOMINADO LOTE Nº 1, PARTIDA REGISTRAL Nº 11070108, CASERÍO DE SHIRACMACA, DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA SÁNCHEZ CARRIÓN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD Artículo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral del Predio denominado Lote Nº 1, Partida Registral Nº 11070108, Caserío de Shiracmaca, Distrito de Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, Departamento La Libertad, contando con un área de 2127.28 m² ó 0.212728Ha., y un perímetro: 201.73 ml; la cual debe considerarse como parte integrante del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Huamachuco, respecto a los parámetros urbanísticos, a razón del siguiente cuadro: COORDENADAS UTM-WGS84-17S-ÁREA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL PREDIO DENOMINADO LOTE Nº 1, PARTIDA REGISTRAL Nº 11070108, CASERÍO DE SHIRACMACA, DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA SÁNCHEZ CARRIÓN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD. CUADRO DE COORDENADAS UTM-WGS84-17S VÉRTICE LADO DISTANCIA ANGULO ESTE NORTE P1 P1-P2 28.44 82º2´25” 829017.282 9134590.157 P2 P2-P3 13.75 93º50´29” 828995.521 9134599.276 P3 P3-P4 5.93 246º5´50” 828986.676 9134599.276P4 P4-P5 7.05 180º5´49” 828981.104 9134601.305P5 P5-P6 5.22 247º37´11” 828974.487 9134603.727P6 P6-P7 8.43 103º20´5” 828974.280 9134608.942 P7 P7-P8 11.64 89º48´53” 828966.008 9134610.650 P8 P8-P9 9.99 182º58´49” 828963.812 9134599.131P9 P9-P10 29.89 184º23´48” 828961.418 9134589.429 P10 P10-P11 30.74 87º8´55” 828952.057 9134561.047 P11 P11-P12 23.72 114º35´25” 828981.695 9134552.882 P12 P12-P13 4.28 180º0´0” 828996.937 9134571.052 P13 P13-P1 23.66 188º2´20” 828999.690 9134574.337 Artículo 2º.- APROBAR la inclusión de las coordenadas UTM de la poligonal que delimita el área del Planeamiento Integral que corresponde al SISTEMA DE PROYECCIÓN: Universal Transversal de Mercator (UTM); Datum Horizontal: WGS84 – ZONA: 17, HEMISFERIO: Sur. Artículo 3º.- PRECISAR que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Art. 62º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por Decreto Supremo Nº022-2016-VIVIENDA. Artículo 4º.- PRECISAR que el Plano de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación y la Memoria Justi fi cativa del Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, debidamente aprobado por el Centro de Planeamiento Territorial Provincial, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Art. 1º de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- FACULTAR al Centro de Planeamiento Territorial Provincial y al Área de Desarrollo Urbano y Rural, a partir de la aprobación de la presente Ordenanza, para su implementación y regulación del Planeamiento Integral del Predio Lote Nº1, Partida Registral Nº11070108, Caserío de Shiracmaca, Distrito de Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión, Departamento La Libertad. Artículo 6º.- ENCÁRGUESE a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Portal Electrónico Institucional y notifíquese a las unidades orgánicas pertinentes de la entidad. Dado en la ciudad de Huamachuco, a los veinticinco días del mes de octubre de 2021. Por tanto, mando se registre, publique y cumpla. ROBERT CONTRERAS MORALES Alcalde 2012878-1