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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2022 (24/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Martes 24 de mayo de 2022 El Peruano / Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a sus unidades Orgánicas y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía; así como a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión de su contenido; Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2069848-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N°326- MDSL/C que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2022-DA-MDSL San Luis, 13 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Nº 0191-2022-MDSL-SGRCD/GSAT de la Sub Gerencia de Registro y Control de Deuda, el Memorándum Nº 073-2022-GSAT/MDSL de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Informe Legal 227-2022-MDSL/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 584-2022-MDSL-GM de la Gerencia Municipal; sobre la sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 326-MDSL/C; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú, sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobiernos local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, (…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42º de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelvan o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 326-MDSL/C publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 26 de enero de 2022, se establece un régimen de bene fi cios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis y cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren dichas obligaciones; la cual tiene vigencia hasta el 31 de enero de 2022; Que, la Primera Disposición Complementaria y Final de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la Ordenanza, si así amerita; Que, mediante el Memorando Nº 073-2022-GSAT/MDSL de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria que contiene el Informe Nº 191-2022-MDSL-SGRCD/GSAT de la Sub Gerencia de Registro y Control de Deuda proponen prorrogar la vigencia de los bene fi cios establecidos mediante la Ordenanza Nº 326-MDSL/C, la cual otorga un régimen de bene fi cios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas a favor de los contribuyentes del distrito de San Luis y cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren dichas obligaciones hasta el 30 de setiembre de 2022; ello con la fi nalidad de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que aún mantienen obligaciones tributarias y administrativas pendientes de cancelación y que aún no han podido acogerse al bene fi cio establecido. Asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 227-2022-MDSL/GAJ opina procedente emitir el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 326-MDSL/C “Ordenanza que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022”; Que, mediante el Memorándum Nº 584-2022-MDSL- GM advierte que la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Registro y Control de Deuda en concordancia con el Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 326-MDSL/C, que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022 del distrito de San Luis; Estando a los fundamentos fácticos y jurídicos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º numerales 6), 20 y 42) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de setiembre de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 326-MDSL/C que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a sus unidades Orgánicas y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía; así como a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal la difusión de su contenido; Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2069830-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR