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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (21/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 21 de noviembre de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario del BCRP para participar en evento a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0029-2022-BCRP-N Lima, 16 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Banco Central de Brasil para participar como panelista en la “9ª Mesa Redonda de Cambios”, que se realizará del 22 al 24 de noviembre, en Brasilia, Brasil; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27619, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 20 de octubre de 2022; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Jorge Alberto Cerna Morán, Subgerente de Operaciones de Política Monetaria, de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, del 22 al 24 de noviembre a la ciudad de Brasilia, Brasil, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 039,73 Viáticos US$ 450,00TOTAL US$ 1 489,73 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2125781-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Declaran de Interés Regional la “Prevención y Control de Incendios Forestales en la Región de Ucayali” ORDENANZA REGIONAL N° 005-2022-GRU-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional – Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi caciones y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° de la Constitución Política del Perú, establece que, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado. Mientras que, el artículo 2º asegura que, toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la ley; nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; nadie debe ser víctima de violencia; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley”; Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley, y aquellas que le sean delegadas” ; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que le faculta aprobar, modi fi car o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el artículo 192º de la Constitución Política del Estado; Que, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD, en el artículo 14º numeral 14.1 indica que: “Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales como integrantes del SINAGERD, formulan normas y aprueban planes”. En el numeral 14.2 precisa: “Los Presidentes de los Gobiernos Regionales y los Alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la gestión de riesgo de desastre”; Que, de acuerdo a la Ordenanza Regional Nº 016- 2006-GRU/CR, que aprueba la Directiva que norma los Lineamientos Generales para la Prevención y Control de Incendios Forestales en la Región Ucayali, el cual incluye instar a las entidades competentes, a aplicar las sanciones correspondientes a toda acción de quema que infrinja las normas legales vigentes, causados por la expansión de la frontera agrícola u otras actividades relacionadas con la quema de la cobertura boscosa; Que, de acuerdo a la Ordenanza Regional Nº 194- 2014-GRU/CR, que aprueba los Instrumentos de Gestión Ambiental: Política, Plan de Acción y Agenda Ambiental Regional de la Región Ucayali, se establecen ejes temáticos esenciales de la gestión de conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; Que, se tiene la Ordenanza Regional Nº 022-2015 -GRU/CR, que aprueba la Estrategia Regional de Prevención y Control de Incendios Forestales de Ucayali 2016-2021, como fi nalidad de sentar las bases de las nuevas estrategias de lucha contra el fuego, monitorear el cumplimiento de los objetivos trazados y evaluar el grado de cumplimiento, adaptadas a la realidad ambiental, social y económica de la Región; Que, mediante el per fi l del proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE APOYO AL USO SOSTENIBLE DE LA