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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (21/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 21 de noviembre de 2022 El Peruano / Aprueban el Manual Clasificador de Cargos del Gobierno Regional de Ucayali RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 653-2022-GRU-GR Pucallpa, 21 de octubre de 2022VISTO: El OFICIO N° 937-2022-GRU-ORA-OGP, INFORME Nº 249-2022-GTRU-GRPP-SGDI, OFICIO Nº 922-2022-GRU-ORA-OGP, INFORME N° 033-2022-GRU-ORA-OGP-KRP, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional; concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 4° de la Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización del Estado, dispone que la fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil tiene como fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, conforme al Artículo 9° del Decreto Legislativo N° 276, concordante con los Artículos 16°, 17° y siguientes del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, la estructura de la carrera administrativa se organiza por grupos ocupacionales: profesional, técnico y auxiliar; y niveles dentro de cada grupo ocupacional; Que, el Artículo 4° de la Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público, establece una nueva clasi fi cación del personal del empleo público: 1) Funcionario Público, 2) Empleado de con fi anza, 3) Servidor Público, comprendido por: a) Directivo Superior, b) Ejecutivo, c) Especialista y d) De apoyo; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 151-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “ ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL ”, que establece y precisa las normas técnicas y procedimientos que deben seguir las entidades públicas para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, respecto al contenido del MCC, el numeral 6.1.1. de la precitada Directiva, establece que el Manual Clasi fi cador de Cargos, debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el ROF o el MOP, según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; concordante con el numeral 6.1.2. Los cargos estructurales contenidos en el MCC deben ser empleados en la propuesta de CAP Provisional, siendo dispuestos en los diferentes órganos y unidades orgánicas listados en el Formato N° 2 del CAP Provisional, en atención a la estructura organizacional desarrollada en el ROF o el MOP, según corresponda. En tanto que el numeral 6.1.4., establece que, la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); Que, asimismo, el numeral 6.1.6. de la Directiva, prevé que, la información presentada sobre clasi fi cación y requisitos debe tener sustento técnico y/o legal, no debiendo consignarse la clasi fi cación de cargos como régimen especial (RE) y/o establecerse requisitos propios de un régimen especial, cuando los cargos no hubieran sido contemplados dentro de una carrera especial en una norma con rango de Ley y/o en una norma reglamentaria; Que, en dicho contexto, el numeral 6.1.7 del numeral 6 de la Directiva, establece que, la ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, a través del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, que determina requisitos mínimos para Directivos/as Públicos/as, que lideran órganos de segundo nivel organizacional y unidades orgánicas del tercer nivel organizacional, entre otras, en entidades públicas a nivel nacional; Que, mediante INFORME Nº 033-2022-GRU-ORA- OGP-KRP de fecha 22 de septiembre de 2022, la responsable del Área Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Gestión de las Personas, presenta la propuesta del Manual Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Gobierno Regional de Ucayali; instrumento que es remitido mediante OFICIO Nº 922-2022-GRU-ORA-OGP de fecha 22 de septiembre de 2022, por la Directora de la O fi cina de Gestión de las Personas, al Gerente de la Ofi cina Regional de Administración; Que, mediante INFORME N° 249-2022-GRU-GRPP- SGDI de fecha 27 de septiembre de 2022, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional; remite el INFORME Nº 047-2022-GRU-GRPP-SGDI/PPR emitido por el Especialista de dicha Subgerencia, el cual contiene la OPINION FAVORABLE a la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Gobierno Regional de Ucayali; Que, al amparo de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina Regional de Administración, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, O fi cina de Gestión de las Personas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el MANUAL CLASIFICADOR DE CARGOS del Gobierno Regional de Ucayali; el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, DISPONER a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional: www.regionucayali.gob.pe. Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE con la presente a la Ofi cina de Gestión de las Personas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gobernador Regional (P) 2118426-1