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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (29/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 29 de octubre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31365, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, con la Resolución Ministerial N° 307-2021-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, autoriza a los pliegos del gobierno nacional, regionales y locales, a cargo de las intervenciones, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, la Secretaría General de la Contraloría General de la República, mediante el O fi cio N° 000718-2022-CG/ SGE, comunica, entre otros aspectos, que en el marco de los alcances del Plan de Acción de Control - 2023, para la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado la inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de soporte para la provisión de los servicios a los ciudadanos y las empresas a nivel nacional” con CUI N° 2357130; siendo que, la Entidad Fiscalizadora Superior, de conformidad con los criterios establecidos en la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, ha estimado el costo total del control concurrente para el fi nanciamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental en las inversiones durante su horizonte de ejecución, el cual debe ser incorporado a la estructura de costos de las inversiones priorizadas de acuerdo a la normativa vigente; solicitando efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 846 507,72; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el Informe N° D000343-2022-PCM-OGPP, en el marco de sus funciones emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, a fi n de fi nanciar los servicios de control concurrente al Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de soporte para la provisión de los servicios a los ciudadanos y las empresas a nivel nacional” con CUI N° 2357130 de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 846 507,72 con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 018: “Mejoramiento de Servicios a Ciudadanos y Empresas”; Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 846 507,72 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SIETE Y 72/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de los servicios de control concurrente al Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de soporte para la provisión de los servicios a los ciudadanos y las empresas a nivel nacional” con CUI N° 2357130, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01 y modi fi cada con la Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01; la Resolución Ministerial N° 307-2021-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de los servicios de control concurrente al Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de soporte para la provisión de los servicios a los ciudadanos y las empresas a nivel nacional” con CUI N° 2357130 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por el importe de S/ 846 507,72 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SIETE Y 72/100 SOLES). Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 018: “Mejoramiento de Servicios a Ciudadanos y Empresas” del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y especí fi ca de gasto 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente resolución ministerial a la Unidad Ejecutora 018: “Mejoramiento de Servicios a Ciudadanos y Empresas”, para que realicen las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente resolución ministerial se publique en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2120190-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban a la FUNDACIÓN PEDRO Y ANGÉLICA DE OSMA GILDEMEISTER como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, por el desarrollo del proyecto denominado “PROYECTO HOTELERO OSMA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2022-MINCETUR Lima, 26 de octubre de 2022