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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (29/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 29 de octubre de 2022 El Peruano / Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Gastos de Traslado de ida (equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,346.90 x 1 x 1 persona US$ 5,346.90 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero US$ 5,346.90 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 68.99US$ 5,346.90 x 2 meses x 1 persona x 20% US$ 2,138.76 Total a pagar US$ 7,554.65 Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual es reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 7.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 8.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9.- El citado O fi cial está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2120172-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1121-2022-DE Lima, 27 de octubre de 2022 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001631-2022-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 02521-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01752-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con tres (3) aeronaves C-26B, asignadas a la Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo, las cuales son consideradas para realizar operaciones aéreas a favor de la lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, Minería Ilegal, Tala Ilegal, Narco- terrorismo, Desastres Naturales y en apoyo al Estado mediante Evacuaciones Aero médicas; Que, con fecha 4 de octubre de 2022 se realizó la Orden de Servicio Nº 020-0007 derivado del Proceso RES-18-2022-CE.FAP/DIVRA-2, correspondiente al Curso de Entrenamiento en Simulador de Vuelo Recurrente de la Aeronave C-26B, para cinco (5) pilotos, con una duración de siete (7) días, a dictarse entre los meses de octubre y noviembre de 2022; Que, mediante Carta s/n de fecha 4 de octubre de 2022, el Gerente de Ventas Regional de la Empresa FLIGHTSAFETY INTERNATIONAL informa al Director de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú, sobre la con fi rmación de la participación en el citado Entrenamiento, del Capitán FAP Cesar Augusto CHUNGA SÁNCHEZ y del Capitán FAP Javier Eduardo PAREDES CRISÓSTOMO, que conforman el primer grupo, del 31 de octubre al 6 de noviembre de 2022; y del Mayor FAP Efraín Mauricio LEÓN ZEGARRA, del Teniente FAP John Fabrizzio POMAR PÉREZ y del Teniente FAP Frank Piero CARRANZA DIOPPE, del segundo grupo, del 7 al 13 de noviembre de 2022; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 051- 2022, el Asesor Jurídico de la Dirección de Vigilancia y Reconocimiento Aéreo de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el Curso de Entrenamiento en Simulador de Vuelo Recurrente de la Aeronave C-26B, a realizarse en la ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, en las fechas programadas; Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Comandante del Escuadrón Aéreo Nº 334 de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el Curso de Entrenamiento en Simulador de Vuelo Recurrente de la Aeronave C-26B; por cuanto, les permitirá incrementar sus conocimientos y experiencia en la práctica de los procedimientos normales y de emergencia, que pueden afectar la ejecución de operaciones aéreas y la seguridad de vuelos poniendo en riesgo al personal y material. Asimismo, este entrenamiento permitirá minimizar la falta de entrenamiento de las Tripulaciones Aéreas debido a la reducida cantidad de horas asignadas el presente año, he incrementará la seguridad y e fi ciencia en las operaciones aéreas, lo cual redundará en bene fi cio de la Fuerza Aérea del Perú y del Estado; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0093 DGVC- ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Nº 0000001278 y Nº 0000002123, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno