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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (28/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 28 de agosto de 2023 El Peruano / a propósito del Tratado de Ancón; por lo que, era necesario efectuar acciones mutuas, que a través de la educación, salud y otros lucharon por defender la peruanidad, siendo considerada y reconocida por el Estado peruano como la primera institución patriótica femenina del Perú; Que, las Actas de Sesiones fueron emitidas entre el periodo de 1897 a 1902 y contienen en sus páginas descripciones de su instalación y las acciones de su funcionamiento, en el cual se registran también los nombres y cargos de diversas damas que hicieron posible su funcionamiento y desarrollo, debiendo destacarse el rol de la presidenta Carolina V. de Vargas y el tesorero, el párroco José F. Andía, quien protegió a dicha sociedad. En sus páginas se encuentran la descripción de las sesiones ordinarias y extraordinarias denominado como Junta Directiva y Junta General; Que, el valor cientí fi co de las Actas de Sesiones de la Junta Directiva y Junta General de la Sociedad Católica de Instrucción y Auxilios Mutuos está determinado por constituir fuente de información de primera mano, documentos irremplazables y únicos que explican desde los inicios y funcionamiento de su gestión en favor de los desprotegidos tacneños por la ocupación chilena, hasta revelar sobre la confección de su vestimenta, insignias, banderas y otros. De esta manera, complementan nuestro conocimiento sobre el proceso de ocupación chilena hasta el retorno de Tacna al Perú; por lo que, se les considera información valiosa para la investigación; Que, respecto al valor social, dichos documentos representan y complementan para la sociedad peruana y el Estado peruano el rol de las organizaciones patrióticas del Perú en plena ocupación chilena; en este caso concreto de la Sociedad Católica de Instrucción y Auxilios Mutuos que a través de la instrucción, salud y otros tuvo una labor social inigualable en favor de los tacneños a quienes llegaron con su ayuda mutua, cultivando los valores patrióticos, morales y culturales en favor del retorno de Tacna al Perú. Que, es así que en sus Actas de Sesiones podemos encontrar personajes emblemáticos que escribieron las acciones de su Junta Directiva y Junta General en sus respectivas sesiones ordinarias y extraordinarias, estando siempre al acecho de la armada chilena para oprimirlas personal y grupalmente, pero su rol y accionar individual y colectivo en favor de la sociedad tacneña pudo resistir, generando un valor social a través de la instrucción, salud y otros desde sus cimientos, permitiendo que los cargos administrativos no dependieran de nombre sino de la voluntad colectiva a través de sus aportes económicos. Personajes célebres como Lastenia Rejas de Castagñon, Olga Grohmann de Basadre, madre del historiador Jorge Basadre, y Elvira Carbajal Salgado de Muñoz, entre otras; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos del Archivo General de la Nación y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación el “Primer Libro de Actas de la Sociedad Católica de Instrucción y Auxilios Mutuos (1897–1902)”, custodiado por la Benemérita Sociedad de Auxilios Mutuos de Señoras de Tacna, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución al Archivo General de la Nación para los fi nes consiguientes y a la Benemérita Sociedad de Auxilios Mutuos de Señoras de Tacna. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2208370-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00849-2023-DE Lima, 24 de agosto del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 5480/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02190-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01376-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 25 de enero de 2023, el Director de la LPEM (London Protocol Engineering Master of Project Administration) (Maestría en Ingeniería de Administración de Proyectos del Protocolo de Londres) del Instituto de Ciencia y Tecnología Oceánica de Corea (KIOST, por sus siglas en inglés) hace de conocimiento al Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI), la invitación a postular a la LPEM, a realizarse en la ciudad de Busan, República de Corea; asimismo, precisa que el Gobierno Coreano (Ministerio de Océanos y Pesca) a través del Instituto de Ciencia y Tecnología Oceánica de Corea (KIOST) cubre gastos, otorgando dormitorio, derechos de enseñanza, gasto de subsistencia, pasaje aéreo de ida y vuelta a Busan, República de Corea; Que, con O fi cio Nº 2066/43, el Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Director de la LPEM del Instituto de Ciencia y Tecnología Oceánica de Corea (KIOST), que se ha autorizado la postulación del Teniente Segundo Carlos Gonzalo CARRANZA RODRÍGUEZ a la Maestría en Ingeniería de Administración de Proyectos del Protocolo de Londres (LPEM), para el período setiembre 2023 hasta agosto 2025; Que, mediante correo electrónico del 25 julio de 2023, el Director de la LPEM del Instituto de Ciencia y Tecnología Oceánica de Corea (KIOST) comunica que la Maestría en Ingeniería de Administración de Proyectos del Protocolo de Londres (LPEM), se realizará del 1 de setiembre de 2023 al 31 de agosto de 2025; Que, con Informe Legal Nº 087-2023/AS-DGE, la Jefatura Accidental de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior,