TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Lunes 28 de agosto de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, por Resolución Ministerial N° 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Director/a de la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de con fi anza, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho puesto; Con el visado del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor MARCO ANTONIO MALDONADO GUTARRA en el cargo de Director de la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al señor MARCO ANTONIO MALDONADO GUTARRA y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2209364-1 EDUCACIÓN Aprueban el documento “Diagnóstico de Brechas de Infraestructura o de Acceso a Servicios del Sector Educación para el Programa Multianual de Inversiones (PMI) 2025-2027” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 476-2023-MINEDU Lima, 25 de agosto de 2023 VISTOS, el Expediente Nº UPI.2023-INT-0261506; el Memorándum N° 00570-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00484-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones, como órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación; y, el Informe Nº 01078-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modi fi catorias (en adelante, el Decreto Legislativo N° 1252), dispone la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF y sus modificatorias (en adelante, el Reglamento), dispone que el Órgano Resolutivo (OR) es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector. Adicionalmente, el inciso 4 del párrafo 9.3 de dicho artículo dispone que el OR del Sector tiene como una de sus funciones, aprobar las brechas identificadas y los criterios de priorización de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración de su Programa Multianual de Inversiones (PMI), de acuerdo con las medidas sectoriales definidas por los Sectores; Que, a través del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 291-2017-MINEDU se designa a la Unidad de Programación e Inversiones (UPI) de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto (OPEP) de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica (SPE) como órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) en el Sector Educación. Mediante Resolución Ministerial Nº 254-2020-MINEDU se designa a la responsable de la OPMI del Sector Educación; Que, con Resolución Ministerial Nº 516-2022-MINEDU publicada el 23 de diciembre de 2022, en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprueba la actualización de treinta y un (31) indicadores de brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos correspondientes al Sector Educación, y la incorporación de un (1) nuevo indicador de brecha relacionado al porcentaje de población que no accede al Servicio de Formación de Pre Grado en Educación Superior Universitaria, elaborados y validados en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 056-2023-MINEDU, publicada el 20 de enero de 2023, en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprueba el documento denominado “Diagnóstico de Brechas de Infraestructura o de Acceso a Servicios del Sector Educación para el PMI 2024-2026”; Que, con Resolución Ministerial Nº 417-2023-MINEDU, publicada el 1 de agosto de 2023, en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprueba la modi fi cación de veintidós (22) indicadores de brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos correspondientes al Sector Educación, cuya actualización e incorporación fue aprobada por la Resolución Ministerial N° 516-2022-MINEDU; Que, el párrafo 9.1 del artículo 9 de la Directiva Nº 001- 2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y sus modi fi catorias (en adelante, la Directiva General), indica que la Programación Multianual de Inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial y/o territorial. Siendo que, para dicho fi n, los Sectores conceptualizan, de fi nen, actualizan, aprueban y publican los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios que utilizan los Sectores, Gobiernos Regionales (GR) y Gobiernos Locales (GL) para la