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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (28/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 28 de agosto de 2023 El Peruano / Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,608.53 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 13,217.06 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,608.53 x 4 meses (set.-dic.) x 1 persona x 20% US$ 5,286.82 Total a pagar: US$ 18,503.88 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje, en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado O fi cial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 8.- El O fi cial Subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2209276-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Director de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000166-2023-MIDIS San Isidro, 25 de agosto del 2023VISTOS: El Memorando N° D000480-2023-MIDIS-VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; el Memorando N° D001488-2023-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000489-2023-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, por Resolución Ministerial N° 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo estructural de Director/a de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de con fi anza, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho puesto; Con el visado del Viceministerio de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor GUILLERMO JORGE ITURRIZAGA DELGADO en el cargo de Director de la Dirección de Articulación de las Prestaciones Sociales de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al señor GUILLERMO JORGE ITURRIZAGA DELGADO y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2209363-1 Designan Director de la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000167-2023-MIDIS San Isidro, 25 de agosto del 2023 VISTOS:El Memorando N° D000458-2023-MIDIS-VMPES del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° D001491-2023-MIDIS-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000491-2023-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,