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3 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de diciembre de 2023 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Coordinadora de la Coordinación del Componente Alimentario de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000763-2023-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 22 de diciembre de 2023VISTOS: El Informe N° D000429-2023-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D001100-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Coordinador/a de la Coordinación del Componente Alimentario de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, se ha visto por conveniente designar a la profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar a la profesional que se desempeñará como Coordinadora de la Coordinación del Componente Alimentario de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000198-2023-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 27 de diciembre de 2023 a la señora KATHERINE AURORA CHAMORRO BEGAZO en el cargo de con fi anza de Coordinadora de la Coordinación del Componente Alimentario de la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese. MARIA MONICA MORENO SAAVEDRA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2247530-1 INTERIOR Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1899-2023-IN Lima, 26 de diciembre de 2023CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor LUIS OCTAVIO GEREDA ESPINOZA en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior 2247764-1 PRODUCE Aprueban Normas Técnicas Peruanas en su versión 2023 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 019-2023-INACAL/DN Lima, 14 de diciembre de 2023VISTO: El Informe N° 007-2023-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad-INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad-INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2023, a través de