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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2023 (01/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Sábado 1 de julio de 2023 El Peruano / Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Tercera.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria - SAT la implementación y cumplimiento de la presente ordenanza, así como la publicación y difusión en su Portal Institucional: www.sat.gob.pe. Cuarta.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 28 de junio de 2023.RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente AlcaldeConcejo Metropolitano 2191876-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete ORDENANZA MUNICIPAL Nº 08-2023-MPC Cañete, 9 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 09 de junio del 2023, el Informe Legal N° 195-2023-GAJ-MPC de fecha 17 de mayo del 2023, el Dictamen N° 013-2023-CPEAM-MPC de la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal, sobre modi fi cación de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones ROF- de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado con Ordenanza N° 005-2017-MPC; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias por Leyes de Reforma Constitucional, expresa que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante1 con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. La autonomía que la Constitución otorga a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 8º y 9°, numerales 3 y 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, prescriben que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto, así como que corresponde al concejo municipal aprobar mediante Ordenanza el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el artículo 1° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2002-PCM, que re fi ere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona; Que, en este contexto, mediante Ordenanza Nº 005-2017-MPC, aplicable a partir del 31 de enero de 2017, se aprobó la Reestructuración del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, los artículos 2° y 45º, numeral 45.3, literal c), de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catoria, señalan que dicha norma tiene por fi nalidad buscar que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía, así como que las municipalidades aprueban su ROF íntegramente por Ordenanza Municipal; Que, a su vez, los artículos 46°, numeral 46.3, de los Lineamientos, prescriben que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, es responsable técnico de la propuesta de (ROF) y el informe técnico que lo sustenta, así como que el expediente del proyecto de ROF está conformado por el proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, el proyecto de ROF, la Exposición de Motivos, el informe técnico y sus anexos, y el informe legal elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad y la no duplicidad de funciones; Que, en concordancia con ello, el artículo 17° de la Directiva N° 002-2021-SGP, que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 010-2021-PCM/SGP, establece que el expediente que sustenta la aprobación o modi fi cación del ROF de una municipalidad contiene la siguiente documentación: a. El proyecto de ordenanza municipal; b. El proyecto de ROF, el cual contiene títulos, capítulos y artículos; c. El informe técnico al que se re fi ere el artículo 47 de los LOE, el cual incluye, según corresponda, la sección 1 (justi fi cación de la necesidad), sección 2 (análisis de racionalidad) y/o sección 3 (recursos presupuestales) y/o anexos, elaborado por el órgano de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información de la municipalidad proponente; y, d. El informe legal elaborado por el órgano de Asesoría Jurídica de la municipalidad proponente, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización; Que, por su parte, los artículos 52°, literal j), del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Ordenanza N° 005-2017-MP, indican que corresponde a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información la función de conducir , asesorar, desarrollar y evaluar el proceso de racionalización administrativa de los diferentes órganos municipales y el proceso de formulación de los instrumentos de organización y funciones del municipio, en coordinación con las áreas de la Municipalidad, así como, que corresponde a la elaboración de los instrumentos de gestión como son el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), elaborados en coordinación con las áreas de la Municipalidad; Que, en consecuencia, de acuerdo con las funciones previstas en el ROF y en el numeral 46.2 del artículo 46° de los Lineamientos, con los Informes del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, en su condición de órgano responsable de la conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF, remite el Informe Técnico Sustentatorio y propuesta de modi fi cación parcial de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobados por Ordenanza N° 005-2017-MPC, con el propósito de simpli fi car y fortalecer la organización municipal,