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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2023 (01/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 1 de julio de 2023 El Peruano / y que contempla las modi fi caciones orientadas a la modi fi cación de denominaciones y objetivos, así como a la incorporación, modi fi cación o eliminación de funciones que requieren precisarse acorde a la normativa legal, la solución de posibles con fl ictos funcionales, entre otros; Que, asimismo, con el informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización y la no duplicidad de funciones, señaladas en el mencionado informe técnico Sustentatorio de la propuesta de modi fi cación parcial del ROF; Que, de acuerdo con el artículo 45º, numeral 45.3, literal c), de los Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones de los gobiernos locales, se aprueba por Ordenanza Municipal; Que, por tales consideraciones, corresponde la aprobación de la modi fi cación parcial de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobados por Ordenanza N° 005-2017-MPC; Que, mediante Informe Legal N° 195-2023-GAJ-MPC de fecha 17 de mayo del 2023, el Gerente de Asesoría Jurídica concluye que Cumpliéndose lo preceptuado en el literal c. del numeral 46.1 del Artículo 46° (modi fi cado por el artículo 2° del Decreto Supremo N°064-2021-PCM) de los Lineamientos de Organización del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM concordante con el literal A del Subcapítulo VI de los Lineamientos N° 02-2020-SGP aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°005-2020-PCM-SGP resultaría viable modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza N°05-2017-MPC, las mismas que se encuentran descritas en el Informe N°0105-2023-RELR-GPPTI-MPC Y Memorándum N°3140-2023-RELR-GPPPTI-MPC de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información; Que, mediante Dictamen N° 013-2023-MPC-CPEAM de fecha 02 de junio del 2023, la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal dictamina que resulta viable la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 042-2012-MPC y modi fi cado mediante Ordenanza N° 05-2017-MPC a efectos de adecuarlo a la normatividad vigente, así como proveer mejoras que aseguren el cumplimiento de políticas estrategias, metas y resultados planeados por le gestión municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con la dispensa de trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Artículo 1°.- APROBAR la MODIFICACIÓN PARCIAL del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobados mediante Ordenanza N° 005-2017-MPC, conforme al Texto Integrado de citado Reglamento de Organización y Funciones - ROF contenidos en los Anexos I y II; los que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- DISPONER que, a partir de la aplicación del Artículo Primero de la presente Ordenanza, los procedimientos administrativos en trámite deberán proseguir en los órganos y unidades orgánicas a cargo de los mismos según los cambios de competencia por motivos organizacionales establecidos en los documentos de gestión modi fi cados, de conformidad con el artículo 77° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-PCM. Artículo 3°.- ENCARGAR a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN y demás órganos y unidades orgánicas competentes, las acciones que correspondan y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática la publicación de la presente norma y sus anexos en el Portal Institucional www.municanete.gob.pe POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALÁSQUEZ Alcalde 2191161-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN Autorizan viaje de alcaldesa para participar en evento a realizarse en Ecuador ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2023-CM-MDSS San Sebastián, 21 de junio del 2023 EL CONCEJO EN PLENO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo N° 011-2023-CM-MDSS, de fecha 20 de junio del 2023; y teniéndose como punto de agenda el Exp. Adm. con CU N° 14471-2023, de fecha 10 de mayo del 2023, emitido por el Director la Asociación Pukllasunchis, remite invitación a ser parte del proyecto en común “Derechos Ambientales y Basura Cero, bases para el cuidado de la naturaleza” en la ciudad de Cuenca, país de Ecuador, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, autonomía que radica en ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, en el sub numeral 1.1. del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar indica que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el numeral 11º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del concejo municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2017-A-MDSS-SG, de fecha 22 de agosto del 2017 se aprueba la Directiva sobre “Normas y Procedimientos