Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2023 (19/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 19 de marzo de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican vigencia de la R.M Nº 094-2022- PCM, que crea el Grupo de Trabajo “Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 073-2023-PCM Lima, 17 de marzo de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 094-2022- PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer y consolidar el avance del Plan de Acción consensuado con las autoridades locales y dirigentes de la Cuenca del río Llallimayo que, de manera articulada y sostenida, permita la atención de la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 251-2022-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 18 de marzo de 2023; Que, bajo dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que la problemática política y social en nuestro país ha imposibilitado que el Grupo de Trabajo cumpla de manera regular con sus funciones; por lo que, persiste la necesidad de continuar analizando, articulando y generando consensos sobre las acciones establecidas en el Plan de Acción para solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río LLallimayo; Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 094-2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 251-2022- PCM, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 18 de diciembre de 2023; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 251-2022-PCM Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 094-2022-PCM, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 251-2022-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 18 de diciembre de 2023. ” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2161664-1 AMBIENTE Modifican la Sección Segunda y disponen la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 104-2023-MINAM Lima, 17 de marzo de 2023VISTOS: el Memorando N° 00304-2023-MINAM/ SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00030-2023-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización; el Informe N° 00181-2023-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, el artículo 22 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y fi nalidad y que estos diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante los Lineamientos, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones