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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2023 (19/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 19 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Las autoridades políticas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS ORTIZ MARREROS Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 2161658-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0227-2023-RE Lima, 17 de marzo de 2023VISTOS:El O fi cio Nº 000103-2023-CG/SGE, de 6 de febrero del 2023, emitido por la Contraloría General de República; el Informe (OPR) Nº OPR0028/2023, de 10 de marzo de 2023, de la O fi cina de Programación y Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Memorándum (OGA) N° OGA01257/2023, de 21 de febrero de 2023, de la O fi cina General de Administración; el Memorándum (LEG) N° LEG00484/2023, de 14 de marzo de 2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada mediante Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, tiene por objeto propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y veri fi car, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, e fi ciente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la fi nalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en bene fi cio de la Nación; Que, el artículo 3 de la precitada Ley N° 27785, establece que las normas que se encuentran allí contenidas y aquellas que emita la Contraloría General, son aplicables a todas las entidades sujetas a control por el Sistema, independientemente del régimen legal o fuente de fi nanciamiento bajo el cual operen, siendo una de ellas, el Gobierno Central, sus entidades y órganos que, bajo cualquier denominación, formen parte del Poder Ejecutivo, incluyendo las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y sus respectivas instituciones; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, determina que la ejecución de inversiones que genere desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local que se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 soles) son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, mediante el artículo 4 de la precitada Ley, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora, que, en el caso del gobierno nacional, se aprueban mediante resolución del titular del pliego, que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para al Año Fiscal 2023, crea la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, precisando en el numeral 2 de la indicada disposición que, durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de dicha Unidad Ejecutora provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000.00 (cinco millones y 00/100 soles) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles). Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente Que, mediante Memorándum (OGA) Nº OGA 011792023, de 17 de febrero del 2023, la O fi cina General de Administración comunicó a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto el Registro del Control Concurrente para la Inversión IOARR con Código Único de Inversión (CUI) 2553254, consignándose la siguiente información: “Remodelación de Edi fi cio de O fi cinas, Edifi cio de O fi cinas y Edi fi cación en el(la) Sede Central del Ministerio de Relaciones Exteriores” , monto total de la Inversión: S/ 6 276 815.24, sin costo de control concurrente; Que, mediante O fi cio N° 000103-2023-CG/SGE, de 6 de febrero de 2023, la Contraloría General de la República informó a este Ministerio que, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han priorizado inversiones que se encuentran a cargo de esta entidad, cuyo costo de inversión se encuentran en el rango de cinco (5) a diez (10) millones de soles; determinando que el Costo de Control Concurrente (CCC), considerando el 2% del saldo de inversión por ejecutar con corte al 26 de enero de 2023, es de S/ 125 536,00. Asimismo, a efectos de dar cumplimiento a los dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31368 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, solicitó efectuar la transferencia fi nanciera de S/ 62 768,00 a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, correspondiente al 1% del saldo de inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente; el saldo restante, conforme a lo señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0820-2022- RE, de 23 de diciembre de 2022, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023, del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, a nivel de Unidad Ejecutora, dentro del cual se han previsto recursos para el proyecto de inversión ““Remodelación de Edi fi cio de O fi cinas, Edi fi cio de Ofi cinas y Edi fi cación en el(la) Sede Central del Ministerio de Relaciones Exteriores” - CUI Nº 2553254; Que, mediante Memorándum (OPP) Nº OPP00502/2023, de 8 de marzo del 2023, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, ha otorgado la certi fi cación de crédito presupuestario por S/ 125 536,00 (Ciento veinticinco mil quinientos treinta y seis y 00/100 soles), para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República y el Ministerio