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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 5º.- Bene fi cios No Tributarios Contarán con bene fi cio las Multas Administrativas Ordinarias y en ejecución coactiva a excepción de las generadas por licencias de edi fi cación, las que atenten contra el orden público, tendrán una rebaja y/o descuento sobre el monto insoluto con el pago al contado (no aplicable a pagos fraccionados), conforme al siguiente cuadro: ESCALA DE DESCUENTOS SOBRE RESOLUCIÓN DE MULTA CATEGORÍA AÑOS COMPRENDIDOSDSCTO (%) Persona Natural y Persona JurídicaDesde el año 2018 y anteriores 90% Desde el año 2019 hasta el año 2021 80% Desde el año 2022 hasta el año 2023 (Enero hasta Setiembre)70% En el caso de multas por concepto de Licencia de Construcción desde el año 2010 al 2022 tendrán un descuento del 50% para personas naturales y personas jurídicas El pago de la multa administrativa no implica la interrupción del procedimiento sancionador referido a la ejecución de medidas complementarias que conllevan a las sanciones impuestas, según sea el caso. Asimismo, el pago de la multa administrativa, no exime al administrado de regularizar la infracción cometida, si el caso lo ameritara, pudiendo acogerse las multas impuestas antes de su vigencia. Artículo 6º.- Pagos Anteriores Los montos cancelados con anterioridad a la fecha de entrada de la vigencia de la presente Ordenanza, no generan derecho a la devolución o compensación alguna, excepto los pagos indebidos. Los bene fi cios otorgados en la presente Ordenanza, no serán aplicables a las solicitudes de compensación o transferencias de pago. Artículo 7º.- Montos retenidos Los montos que se retengan como producto de la ejecución de embargos, se imputarán a la deuda respectiva incluida las costas y gastos procesales propios del proceso, sin los bene fi cios establecidos en los artículos precedentes. Artículo 8º.- Reconocimiento de la deuda y desistimiento El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria. Los administrados que hayan iniciado y/o presentado un recurso impugnatorio ante las instancias administrativas o hayan iniciado un proceso judicial referido a las deudas materia de acogimiento, consideradas en la presente Ordenanza, deberán desistirse del procedimiento administrativo o proceso judicial, presentando una copia con el sello de recepción del desistimiento correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIA FINALES Primera.- Facultar a la señorita Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma. Segunda.- La vigencia de la presente Ordenanza no suspende las exigencias contenidas en las órdenes de pago, las resoluciones de determinación, y los procedimientos de cobranza coactiva, generadas por procesos de fi scalización y/o emisión masiva de las obligaciones tributarias, pudiendo el administrado acogerse a los bene fi cios establecidos en la presente Ordenanza con el pago de su deuda. Tercera.- La Gerencia de Administración Tributaria, y a sus unidades orgánicas que las conforman, así como a la Gerencia Fiscalización y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Ejecución Coactiva de realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración y Finanzas; así como de las demás áreas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente dentro del ámbito de sus competencias. Cuarta.- Encargar a la Secretaria General, la difusión, divulgación y publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Comunicaciones, Sub Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa: www. munihuachipa.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe Quinta.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JACQUELINE GLORIA CARTOLIN FONSECA Alcaldesa 2232607-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2023-MDP/C Mediante O fi cio N° 271-2023-MDP/SG, la Municipalidad Distrital de Pachacamac solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 059-2023-MDP/C, publicada en la edición del día 4 de noviembre de 2023. DICE: “(…) Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país del abogado Enrique Valentín Cabrera Sulca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, y la licenciada Guadalupe del Carmen Vásquez Mesa, Subgerente de Promoción Turística y Patrimonio Cultural de la Municipalidad Distrital de Pachacámac a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, por el periodo comprendido entre el 13 y el 19 de noviembre de 2023 inclusive, para participar en la Misión Internacional de Alta Capacitación e Intercambio de Experiencias Exitosas Sostenibles a desarrollarse en dicha ciudad. (…)” DEBE DECIR: “(…) Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país del abogado Enrique Valentín Cabrera Sulca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, y la licenciada Guadalupe del Carmen Vásquez Meza, Subgerente de Promoción Turística y Patrimonio Cultural de la Municipalidad Distrital de Pachacámac a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, por el periodo comprendido entre el 13 y el 19 de noviembre de 2023 inclusive, para participar en la Misión Internacional de Alta Capacitación e Intercambio de Experiencias Exitosas Sostenibles a desarrollarse en dicha ciudad. (…)” 2232419-1