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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / para la contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057. 3.2 La contratación autorizada en el numeral 1 del presente artículo, se encuentra sujeta a Concurso Público de Méritos, conforme a las siguientes etapas: a) Preparatoria: Las áreas usuarias, con el apoyo de la Ofi cina de Recursos Humanos (ORH), o la que haga sus veces, establecen el per fi l del puesto, conforme al marco normativo y metodología establecida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. b) Convocatoria: La publicación de la convocatoria se realiza, de manera simultánea y obligatoria, en el Portal Talento Perú, administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y en la sede digital de la entidad; durante tres (3) días hábiles previos al inicio de la etapa de selección. c) Selección: Comprende la evaluación curricular y la entrevista personal (en la cual se podrá incluir la evaluación de conocimientos). Los resultados de cada evaluación, así como los resultados fi nales se publican en la sede digital de la entidad; en ausencia de ella, en un lugar visible de acceso público del local de la entidad; siendo responsabilidad del/la postulante la revisión de los resultados dentro de los plazos establecidos por cada evaluación. Esta etapa tiene una duración de hasta cinco (5) días hábiles, pudiendo ampliarse hasta tres (3) días hábiles adicionales, según la cantidad de candidatos y la capacidad operativa de la entidad. d) Suscripción del contrato: La suscripción del contrato se realiza en un plazo de hasta tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de los resultados fi nales. Si vencido el plazo, el seleccionado no suscribe el contrato por causas objetivas imputables a él, se selecciona a la persona que ocupa el orden de mérito siguiente. En todos los casos, el plazo máximo para la suscripción del contrato, podría ampliarse hasta dos (2) días hábiles adicionales. 3.3 La ANIN es responsable del cumplimiento de las reglas para la contratación de servidores previstas en el presente artículo; así como, del irrestricto respeto de los principios de meritocracia, igualdad de oportunidades y transparencia. 3.4 Una vez suscrito el contrato, la entidad tiene cinco (5) días hábiles para ingresarlo al registro de contratos administrativos de servicios de la entidad y a la planilla electrónica regulada por el Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, Establecen disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”. 3.5 Previo a iniciarse el Concurso Público de Méritos, la entidad deberá, en los casos que corresponda, solicitar la creación del registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas; no pudiendo contratar sin el registro en el AIRHSP. La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR puede emitir las normas complementarias que fueran necesarias para la implementación del presente artículo. Asimismo, de acuerdo con las atribuciones estipuladas en los artículos 11 y 13 del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, SERVIR podrá supervisar de ofi cio el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, en el ámbito de su competencia. 3.6 Autorizar a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas a actualizar, de o fi cio, el registro en el AIRHSP de los puestos fi nanciados en el numeral 1 del presente artículo. Dichos registros se eliminan de o fi cio al culminar su vigencia. Artículo 4.- Control Las acciones que se ejecutarán con cargo a los recursos transferidos y/o habilitados en el marco del presente Decreto de Urgencia, se sujetan al Sistema Nacional del Control y a las acciones de supervisión a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos 5.1 Los titulares de los pliegos bajo el alcance del presente Decreto de Urgencia, son responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente. 5.2 Los titulares de las unidades ejecutoras bajo los alcances de la presente norma, son responsables de reportar el avance periódico en las contrataciones y el uso de los recursos a los Ministerios correspondientes. Artículo 6.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDAMinistro de Economía y Finanzas Anexo N° 1 AMBITO DE INTERVENCIÓN DEL FEN DE LOS PROYECTOS EN EJECUCIÓN DEL ROL EJECUTOR QUE PASARÁN AL ANIN EN EL AÑO 2023 - DECRETO SUPREMO 110-2023-PCM N° SECTOR CUI DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ESTADOAMBITO FEN - D.S. 110-2023- PCM 1 EDUCACIÓN 2513024 ÁNCASHCARLOS FERMIN FITZCARRALDSAN NICOLAS EN EJECUCIÓN 2 EDUCACIÓN 2513467 ÁNCASH HUARAZ PARIACOTO EN EJECUCIÓN 1 3 EDUCACIÓN 2428726 ÁNCASH HUAYLAS HUATA EN EJECUCIÓN 4 EDUCACIÓN 2428729 ÁNCASH HUAYLAS PAMPAROMAS EN EJECUCIÓN 1 5SOLUCIONES INTEGRALES2515100 TUMBES TUMBES TUMBES EN EJECUCIÓN 1 6 EDUCACIÓN 2513466 ÁNCASH SANTA CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 7 EDUCACIÓN 2428686 ÁNCASH SANTA CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 8 EDUCACIÓN 2428689 ÁNCASH SANTA CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 9 EDUCACIÓN 2513471 ÁNCASH SANTA CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 10 EDUCACIÓN 2428736 ÁNCASH SANTA NUEVO CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 11 EDUCACIÓN 2514106 ÁNCASH SANTA NUEVO CHIMBOTE EN EJECUCIÓN 1 12 EDUCACIÓN 2428577 LA LIBERTAD ASCOPE SANTIAGO DE CAO EN EJECUCIÓN 1 13 EDUCACIÓN 2513476 ÁNCASH YUNGAY YUNGAY EN EJECUCIÓN 1 14 EDUCACIÓN 2515636 ÁNCASH YUNGAY YUNGAY EN EJECUCIÓN 1