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91 NORMAS LEGALES Sábado 13 de abril de 2024 El Peruano / III. EN MATERIA DE CONTRATACIONES, ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS (…) 3.18 la facultad de Aprobar la designación de los árbitros por parte de la Municipalidad de Santiago de Surco, en el marco del Numeral 230.2 del Art. 230 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, conforme a Ley y al debido procedimiento.” Artículo Segundo.- DISPONER que la delegación prevista en la presente resolución es indelegable y comprende la facultad de decidir y resolver a través del respectivo acto administrativo dentro de los parámetros establecidos en la Ley, asimismo, no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para el caso. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General noti fi que la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Asesoría Jurídica y Procuraduría Pública Municipal, para conocimiento y fi nes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, y en el Portal de Transparencia Estándar. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia en el día de su emisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2278424-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas, complementarios y afines en el Cercado del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2024/MPC Callao, 4 de abril de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 002-2024-MPC-SR- CODELO-MYPES de fecha 22 de febrero de 2024 de la Comisión de Desarrollo Económico Local, Integración Empresarial y Micro y Pequeñas Empresas - MYPES; y sus antecedentes, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9 numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Informe N° 10-2024/MPC-GDELC- SGRC de fecha 01 de febrero de 2024, la Subgerencia de Regulación del Comercio, remite a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización, la propuesta de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y a fi nes en el Cercado del Callao; indicando que, esta busca adaptar la regulación del comercio ambulatorio a las nuevas realidades económicas y sociales, garantizando un desarrollo equitativo y sostenible de esta actividad; Que, con Memorando N° 237-2024-MPC-GDELC de fecha 15 de febrero de 2024, la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización remitió, entre otros, el Informe N° 10-2024/MPC-GDELC-SGRC a la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; Que, a través del Memorando N° 116-2024-MPC/ OGPMPI de fecha 19 de febrero de 2024, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones hizo suyo el Informe N° 075-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el cual concluye que la propuesta de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y a fi nes en el Cercado del Callao, se alinea al OEI. 03 de “Promover la competitividad económica de la Provincia Constitucional del Callao” del Plan Estratégico Institucional - PEI de la Municipalidad Provincial del Callao, con lo cual contribuye al objetivo de la entidad; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 081-2024-MPC/OGAJ de fecha 21 de febrero de 2024, emite opinión legal favorable con respecto a aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y afi nes en el Cercado del Callao; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE KIOSCOS Y/O MÓDULOS EN LA VIA PÚBLICA PARA EL EXPENDIO DE DIARIOS, REVISTAS, LOTERÍAS, GOLOSINAS COMPLEMENTARIOS Y AFINES EN EL CERCADO DEL CALLAO Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 010-2014, Ordenanza Municipal que regula el funcionamiento de kioscos y/o módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas, complementarios y a fi nes en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y a fi nes en el Cercado del Callao. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias para la implementación, ejecución y mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización y sus