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4 NORMAS LEGALES Domingo 14 de abril de 2024 El Peruano / Feria Internacional “In Cosmetics 2024”, evento líder para ingredientes de la industria de la cosmética y cuidado personal, que presenta las últimas tendencias en tecnología, innovación, nuevas formulaciones y demostración de ingredientes y productos; asimismo, permite identi fi car nuevos importadores y compradores; Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria tiene por fi nalidad promocionar la oferta exportable peruana de ingredientes naturales y orgánicos para cosmética, utilizando a la biodiversidad peruana como elemento diferenciador que le permita su posicionamiento en el mercado europeo; al efecto, el día 15 de abril, se realizarán las acciones previas necesarias para la óptima presentación en la mencionada feria; Que, el día 19 de abril del presente año, PROMPERÚ y las empresas peruanas participantes en el evento, realizarán visitas a tiendas especializadas, laboratorios y centros de distribución de cosmética; Que, por tanto, es de interés institucional la participación del señor Elmer Alejandro Lava Quispe, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones en la Feria Internacional “In Cosmetics 2024”, para que lleve a cabo las acciones de promoción de las exportaciones antes mencionadas; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/ PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Elmer Alejandro Lava Quispe, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a la ciudad de Paris, República Francesa, del 14 al 21 de abril de 2024, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la Feria Internacional “In Cosmetics 2024” que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos x día US$Total Viáticos US$ Elmer Alejandro Lava Quispe1 664,05 Europa 540,00 x 5 2 700,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Elmer Alejandro Lava Quispe presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH GALDO MARÍN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2278507-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de la empresa Cordillera Solar I S.A.C., la modificación de la concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Sol de Talara” los cuales se llevarán a cabo en el departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2024-MINEM/DM Lima, 10 de abril de 2024 VISTOS: El Expediente N° 26402922, sobre la solicitud de modi fi cación de Concesión Temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Sol de Talara”, presentada por la empresa Cordillera Solar I S.A.C.; los Informes N° 162-2024-MINEM/DGE-DCE y N° 258-2024-MINEM/ DGE-DCE, el Memorando N° 00449-2024/MINEM- DGE y N° 00696-2024/MINEM-DGE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00101-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 0381-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 347-2022-MINEM/DM, publicada el 28 de setiembre de 2022 en el diario o fi cial “El Peruano”, se otorgó a favor de la empresa Cordillera Solar I S.A.C. la concesión temporal para desarrollar estudios de factibilidad de la actividad de generación de energía eléctrica para el proyecto “Central Fotovoltaica Sol de Talara”, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la Resolución, cuya área de estudios sería de 516.32 hectáreas, tal como obra de la memoria descriptiva inicial que forma parte del Expediente; Que, mediante documento presentado con Registro N° 3622266, de fecha 06 de diciembre de 2023, Cordillera Solar I S.A.C. solicitó la modi fi cación de la concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica del proyecto “Central Fotovoltaica Sol de Talara”, con una nueva área de 2,713.43 hectáreas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se veri fi ca que la empresa Cordillera Solar I S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE03-6 del Texto