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11 NORMAS LEGALES Domingo 14 de abril de 2024 El Peruano / ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “IIRSA CENTRO TRAMO N° 2 (PUENTE RICARDO PALMA - LA OROYA - HUANCAYO Y LA OROYA - DESVÍO CERRO DE PASCO)” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINERA CHINALCO PERU S.A.CÓDIGO: PC-T2IC-ST1-MOR-001ÁREA AFECTADA: 1,995.56 m2 (0.1996 ha.)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 10 656,29LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Por el Norte:COLINDA CON PARTE DEL PREDIO SUB LOTE 2B, PROPIEDAD DE MINERA CHINALCO PERÚ S.A. (P.E. 11001969)Por el Sur:COLINDA CON PARTE DEL PREDIO SUB LOTE 2B, PROPIEDAD DE MINERA CHINALCO PERÚ S.A. (P.E. 11001969)Por el Este: COLINDA CON PARTE DEL PREDIO SUB LOTE 2B, PROPIEDAD DE MINERA CHINALCO PERÚ S.A. (P.E. 11001969).Por el Oeste:COLINDA CON PARTE DE LA PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (P.E. 11013098)COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 101.96 373578.4789 8717445.3137 B B-C 2.15 373678.4720 8717425.3619 C C-D 20.00 373680.5972 8717425.0282 D D-E 2.19 373677.2390 8717405.3111 E E-F 93.27 373675.0723 8717405.6516 F F-A 22.02 373583.6020 8717423.8972 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: de fecha 27 de noviembre de 2023, correspondiente a la Partida Nº11001969 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Tarma, Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: de fecha 25 de octubre de 2023 expedido por la O fi cina Registral de Huancayo, Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo, de conformidad con el Informe Técnico Nº 022226-2023-Z.R.N°VIII-SEDE-HUANCAYO/UREG-CAT.INFORME TECNICO N° 006-2024-MTC-GMPM , de fecha 13 de febrero del 2024 suscrito por el veri fi cador catastral. 2279061-1 necesarios para su ejecución, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas, comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.4 del artículo 4 de la Ley, defi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por el proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2024-MTC/01.02 Lima, 11 de abril de 2024 VISTO: Los Memorandos Nos. 1992, 2164 y 2244- 2024-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 1821, 2038, y 2159-2024-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Urgencia N° 018-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad, se declaró de necesidad, utilidad pública e interés nacional, entre otros, el proyecto “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao”, autorizándose la expropiación de los bienes inmuebles que resulten