Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (14/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Domingo 14 de abril de 2024 El Peruano / y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2279244-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2024-VIVIENDA Lima, 12 de abril de 2024 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora PAOLA LILIANA LOBATON FUCHS, en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2279246-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Rectifican el error material contenido en el artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Jefatural N° 000044-2024-SIS/J RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000047-2024-SIS/J La Victoria, 12 de abril del 2024VISTOS: La Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J de la Jefatura del Seguro Integral de Salud; el Informe Nº 000047-2024-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe Legal Nº 000202-2024-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA indica que: “ el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley ”; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que: “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”, adicionalmente, el numeral 212.2 del citado artículo dispone que: “La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 06 de abril de 2024, la Jefatura del Seguro Integral de Salud, aprobó la reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud de las Fuentes de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados y 4. Donaciones y Transferencias; Que, con Informe Nº 000047-2024-SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional señala: “(…) visto la Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J que aprueba la reducción del Presupuesto Institucional Modi fi cado de la Unidad Ejecutora 001 SIS del Pliego 135: Seguro Integral de Salud de las Fuentes de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados y 4. Donaciones y Transferencias, se observa un error material en la fuente de fi nanciamiento de la desagregación de egresos del artículo 1 del proyecto de resolución jefatural remitido mediante Informe Nº 000044-2024-SIS/OGPPDO ; Que, de la revisión del artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J, se advierte que se consignó un error de tipeo en la codi fi cación y denominación de la fuente de fi nanciamiento; Que, mediante Informe Legal Nº 000202-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta pertinente proceder con la corrección en cuestión, mediante acto recti fi catorio correspondiente, toda vez que con la recti fi cación del artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J no se altera el objeto ni varía la decisión adoptada en el precitado acto resolutivo; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Decreto de Urgencia Nº 046-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la e fi ciencia del gasto público y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi car el error material contenido en el artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Jefatural Nº 000044-2024-SIS/J, conforme a los siguientes términos: