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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 09 de julio del año 2024, con la presidencia del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Andahuaylillas Nicanor Rocca Ccaqquesto y con la asistencia de los señores Regidores: Marcelino Arriaga Yuca, Sonia Nely Mendoza Mamani, Miguel Ccapyamarca Challco, Yony Alicia Flores Checca y Fiama Angela Cornejo Macedo, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 27680 y en aplicación del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley № 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia; Que, en el Artículo 41° de la Ley № 27972, señala que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referida a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional; que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducto o norma institucional; Que mediante la invitación por parte del Foro de Ciudades del Aprendizaje Latinoamericana Bogotá, de fecha de 25 de junio del 2024, sobre la invitación al “II Foro de Ciudades del Aprendizaje de Latinoamericana”, el objetivo de este Foro será promover el diálogo e intercambio de experiencias sobre las acciones de las ciudades de América Latina para garantizar una educación de calidad, el cierre de brechas, la construcción de ciudadanía mundial y el desarrollo sostenible desde una perspectiva de aprendizaje a lo largo de la vida. En fecha del 20, 21 y 22 de agosto 2024, en el hotel Grand Hyatt Bogotá, Que, el Concejo Municipal, autoriza viaje en comisión de servicios del Señor Alcalde Nicanor Rocca Ccaqquesto, a la ciudad de Bogotá D.C. - Colombia, para participar en el “II Foro de Ciudades del Aprendizaje de Latinoamericana” en fecha 20, 21 y 22 de agosto del 2024 en el hotel Grand Hyatt Bogotá, en la ciudad de Bogotá - Colombia; Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas por el Numeral 3) del Artículo 20° y el Artículo 41° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y conforme al Voto Aprobatorio y UNÁNIME de los Miembros del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria. SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR y AUTORIZAR, viaje del Señor Alcalde NICANOR ROCCA CCAQQUESTO a la República de Colombia, Ciudad de Bogotá D.C., el día 19, 20, 21 y 22 de agosto del presente año, para participar en el “II FORO DE CIUDADES DEL APRENDIZAJE DE LATINOAMERICANA” en el hotel Grand Hyatt Bogotá. Artículo Segundo.- DISPONER, la adquisición de pasajes vía aérea para el Señor Alcalde NICANOR ROCCA CCAQQUESTO en la ruta Cusco - (Colombia-Bogotá) y viceversa Artículo Tercero.- DISPONER, el pago de los viáticos correspondientes por viaje de comisión de servicios dentro del territorio Internacional, para el Señor alcalde NICANOR ROCCA CCAQQUESTO, en la ruta Cusco - (Colombia-Bogotá) y viceversa, el día 19, 20, 21 y 22 de agosto del 2024, en atención a la Directiva aprobada. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gerente Municipal, jefes de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, Contabilidad, Abastecimientos y Tesorería y demás áreas involucradas el cumplimiento del presente Acuerdo, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.NICANOR ROCCA CCAQQUESTO Alcalde 2314264-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución que dispone la publicación del proyecto de resolución que fija el peaje de las instalaciones del Sistema Complementario de Transmisión de Libre Negociación correspondiente a la “Línea de Transmisión en 220 kV Felam – Tierras Nuevas y subestaciones asociadas” de Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 157-2024-OS/CD Lima, 13 de agosto de 2024 CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en etapa i) del Anexo A.3 Procedimiento para Fijación de Peajes y Compensaciones de Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”) cuyos Cargos corresponden asumir a Terceros por Instalaciones construidas por Acuerdo de Partes (“Procedimiento”), de la Norma aprobada mediante Resolución Nº 080-2012-OS/CD, corresponde la publicación en el diario o fi cial, del proyecto de resolución que fi ja los peajes del SCT de Libre Negociación (“SCTLN”) de Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. para el periodo comprendido entre el 1 de noviembre del 2024 y el 30 de abril de 2025 y de la relación de la información (informes, estudios, dictámenes y/o modelos económicos) que la sustentan (documentos que deben ser publicados en la web institucional según la etapa j) del Procedimiento). Asimismo, debe convocarse la respectiva Audiencia Pública Descentralizada, a llevarse a cabo según la etapa k) del Procedimiento; Que, de acuerdo a lo establecido en la etapa l) del Procedimiento, los interesados podrán presentar a Osinergmin, en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la realización de la Audiencia Pública de Osinergmin, sus comentarios sobre el proyecto de resolución publicado, a fi n de que sean analizados por Osinergmin en la posterior publicación de la resolución tarifaria; Que, se han emitido los Informes Nº 596-2024-GRT y Nº 597-2024-GRT, elaborados por la Gerencia de Regulación de Tarifas, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin y son parte integrante de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General;