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171 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / Administrativos -TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco aprobado con ORDENANZA Nº 019-2022-MPP, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, Sub gerencia de Inversión de Obras Privadas, y demás unidades de organización de la corporación municipal. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE, a la O fi cina General de Secretaría, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, conforme lo dispone la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la unidad de sistemas, para su publicación en el Portal Institucional y Transparencia de la Municipalidad Provincial de Pisco (www.munipisco.gob.pe) Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.PEDRO E. FUENTES HERNANDEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2347841-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000185-2024- MDNCH Nuevo Chimbote, 19 de junio del 2024VISTO:El Informe Nº 066-2024-MDNCH/GM, del 12 de junio del 2024, emitido por el Gerente Municipal, remite la propuesta de la nómina para la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada-CPIP; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú Modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, traduciéndose dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1362- Decreto Legislativo que regular la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, dispone que: “Las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada”, y en el numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo, señala que: “ La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución de Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario o fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas”. Que, en el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF- Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, señala que: “El CPIP de un Ministerio o de otras entidades públicas habilitadas mediante ley expresa que pertenezcan o se encuentren adscritas al Gobierno Nacional, es un órgano colegiado integrado por tres (03) funcionarios de la Alta Dirección o Titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el presente Reglamento”. Estando a las consideraciones expuestas y con arreglo a lo dispuesto por el inciso 6) del art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y al amparo de las facultades conferidas al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote mediante el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1362, corresponde designar a los miembros para la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, como miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSION, a los siguientes funcionarios: MIEMBROS TITULARES:1. Gerente de Desarrollo Económico y Turismo- Presidente 2. Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto 3. Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica MIEMBROS SUPLENTES:1. Gerente de Infraestructura 2. Jefe de la O fi cina de Presupuesto 3. Sub Gerente de Comercio, Licencias y Promoción Empresarial. Artículo Segundo.- FACULTAR, al Comité de Promoción de la Inversión Privada designado, las funciones establecidas en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, a la Gerencia Municipal, y demás miembros titulares y suplentes, el contenido de la resolución, para su cumplimiento con las formalidades de Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y su comunicación al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo Quinto.- DISPONER, a la O fi cina de Tecnología de la Información y Sistemas, publicar la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, https://www.muninuevochimbote.gob.pe Regístrese, comuníquese, archívese y cúmplase.WALTER JESÚS SOTO CAMPOS Alcalde 2347251-1