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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2024 (11/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 11 de marzo de 2024 El Peruano / Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2024, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 481,59 Viáticos US$ 1 480,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2268045-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP SANTA MARÍA DE HUACHIPA Ordenanza que aprueba el Cuadro de Tarifas para el cobro del servicio de agua potable en la Urbanización Huachipa Norte ORDENANZA N° 001-2024-MCPSMH Santa María de Huachipa, 4 de marzo de 2024 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA VISTO:El Concejo Municipal del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 29 de febrero de 2024; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9 numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter con fi scatorio;Que, a fi n de garantizar el servicio de agua potable, es necesario efectuar el cobro respectivo a los poblados de la Urbanización de Huachipa Norte, de acuerdo al costo ejecutado por la Municipalidad para brindar el mismo, debiéndose emitir los recibos correspondientes; Que, mediante Informe Nº 006-2024-GAT/MCPSMH, la Gerencia de Administración Tributaria propone el Proyecto de Ordenanza “Aprueba el cuadro de tarifas para el cobro del servicio de agua potable en la zona de Huachipa Norte”; Que, el Gerente de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 009-2024-MCPSMH/GAJ, considera la aprobación de la presente ordenanza que aprueba el cuadro de tarifas para el cobro de servicio de agua potable en la Zona Huachipa Norte, encontrándose la misma dentro de los alcances de lo dispuesto por la Ley. Que, con Dictamen tomado en Sesión de fecha 28 de febrero de 2024, la Comisión de Administración Tributaria aprueba la Ordenanza que Aprueba el cuadro de tarifas para el cobro del servicio de agua potable en la Urbanización Huachipa Norte Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 9 numeral 9, y artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE TARIFAS PARA EL COBRO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE EN LA URBANIZACIÓN HUACHIPA NORTE Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Tarifas, para el cobro del servicio de agua potable en la Urbanización de Huachipa Norte: CUADRO CUADRO DE TARIFA DEL AGUA USO DOMÉSTICO DESCRIPCIÓNGASTOS ADMINISTRATIVOSTARIFA IGV 18%PAGO TOTAL CASA HAB 5.40 98.20 17.70 121.30 CASA HAB (PISCINA)5.40 105.20 18.90 129.50 COLEGIO PARTICULAR5.40 125.20 22.50 153.10 USO COMERCIAL DESCRIPCIÓNGASTOS ADMINISTRATIVOSTARIFA IGV 18%PAGO TOTAL CLUB- PISCINAS- COMERCIAL5.40 231.20 41.60 278.20 Artículo Segundo.- FACÚLTESE a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas y disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Desarrollo Económico, emita los recibos respectivos Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Comunicaciones, la difusión en el portal web municipal de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JACQUELINE G. CARTOLIN FONSECA Alcaldesa 2267126-1